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CE - 110010315000202204355001AUTOQUEADMITE20220817092658

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 110010315000202204355001AUTOQUEADMITE20220817092658
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN B

Magistrado Ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ

Bogotá D.C., dieciséis (16) de agosto de dos mil veintidós (2022)

Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2022-04355-00

Accionante: Edisson Manuel Rincón García Accionado: Consejo Superior de la Judicatura - Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia.

Tema: Acción de tutela por acción u omisión de autoridad pública / Admisión de la tutela / Cumplimiento de los requisitos de admisibilidad.

AUTO

Edisson Manuel Rincón García interpone -en nombre propio - tutela contra la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia del Consejo Superior de la Judicatura, para la protección de sus derechos fundamentales de igualdad, equidad, trabajo, libertad de escoger profesión u oficio y principio de favorabilidad , pues la autoridad accionada no ha dado respuesta a la solicitud presentada el 9 de mayo de 2022, relacionada con la expedición de su tarjeta profesional. Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone: Primero. Admitir la acción de tutela presentada por Edisson Manuel Rincón García contra la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia del Consejo Superior de la Judicatura.

Segundo. Notificar la presente providencia a la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Ju sticia del Consejo Superior de la Judicatura para que dentro

de la Judicatura.

Segundo. Notificar la presente providencia a la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Ju sticia del Consejo Superior de la Judicatura para que dentro del término de dos (2) días contados a partir de la notificación, se pronuncie sobre las pretensiones y hechos de la acción de tutela.

Tercero. Las anteriores notificaciones se realizarán vía co rreo electrónico y los anexos se incluirán como archivo adjunto del mismo modo. Los pronunciamientos de los notificados deberán remitirse por correo electrónico a la dirección indicada por la Secretaría General en el momento de la notificación.

Cuarto. Una vez recibida la información solicitada y cumplido el plazo para que la s partes presenten sus informes , la Secretaría General remitirá al despacho vía correo electrónico, las respuestas y documentos que se alleguen.

Quinto. PUBLÍQUESE la presente providencia en la página web de la Corporación.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

Con firma electrónica

MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ

Magistrado

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