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CE - 110010315000202204554001AUTOQUEADMITE20220824144115

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 110010315000202204554001AUTOQUEADMITE20220824144115
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

Radicado: 11001-03-15-000-2022-04554-00

Accionante: José Antonio Feria Admite acción de tutela

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN B

Magistrado Ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ

Bogotá D.C., veinticuatro (24) de agosto de dos mil veintidós (2022)

Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2022-04554-00

Accionante: José Antonio Feria Accionado: Consejo de Estado – Sala de Consulta y Servicio Civil

Tema: Acción de tutela por acción u omisión de autoridad pública / Admisión de la tutela / Cumplimiento de los requisitos de admisibilidad.

AUTO

José Antonio Feria presentó -en nombre propiouna acción de tutela para obtener el amparo de su derecho fundamental de petición . Según el accionante, es a garantía constitucional fue vulnerada por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado , pues no ha proferido la providencia que resuelve el conflicto negativo de competencias administrativas propuesto por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales (UGPP) con el fin de determinar la entidad competente para resolver la solicitud de reconocimiento y pago de la pensión de vejez solicitada por José Antonio Feria , en el proceso con radicado No. 11001-03-06-000-2022-00008-00.

Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone:

Primero. Admitir la acción de tutela presen tada por José Antonio Feria contra la Sala de

11001-03-06-000-2022-00008-00.

Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone:

Primero. Admitir la acción de tutela presen tada por José Antonio Feria contra la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado.

Segundo. Notificar la presente providencia a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, para que dentro del término de dos (2) días contados a partir d e la notificación, se pronuncie sobre las pretensiones y hechos de la acción de tutela.

Tercero. En calidad de terceros con interés, notificar a la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) , la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales (UGPP) y la Secretaría de Educación Municipal de Ibagué.

Cuarto. Las anteriores notificaciones se realizarán vía correo electrónico y los anexos se incluirán como archivo adjunto del mismo modo. Los pronunciamientos de los notificados deberán remitirse por correo electrónico a la dirección indicada por la Secretaría General en el momento de la notificación.

Quinto. Una vez recibida la información solicitada y cumplido el plazo para que las partes presenten sus informes, la Secretaría General remitirá al despacho vía correo electrónico, las respuestas y documentos que se alleguen.

Sexto. PUBLÍQUESE la presente providencia en la página web de la Corporación.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASERadicado: 11001-03-15-000-2022-04554-00

Accionante: José Antonio Feria Admite acción de tutela

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Con firma electrónica

MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ

Magistrado

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