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CE - 110010315000202204565001AUTOQUEADMITE20220831092157

Consejo de Estado

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Título
CE - 110010315000202204565001AUTOQUEADMITE20220831092157
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
—

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A

Consejero Ponente: José Roberto Sáchica Méndez

Bogotá, D.C., treinta (30) de agosto de dos mil veintidós (2022)

Radicación: 11001-03-15-000-2022-04565-00

Accionante: Leonardo Alexander Tamara Gómez Accionado: Consejo Superior de la Judicatura – Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia Referencia: Acción de tutela – Admisión

Leonardo Alexander Tamar a Gómez interpuso demanda de tutela contra el Consejo Superior de la Judicatura - Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia, con el fin de obtener la protección de sus derechos fundamentales a la igualdad, trabajo, libertad de escoger profesión u oficio y debido proceso, presuntamente vulnerados, al no contestar la solicitud que presentó el 2 de julio de 2022, relacionada con la expedición de su tarjeta profesional de abogado.

Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone:

PRIMERO: ADMITIR la demanda.

SEGUNDO: DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.

TERCERO: NOTIFICAR la presente decisión al Consejo Superior de la Judicatura – Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá en la forma indicada, a la dirección de correo electrónico reportada en su página web, copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta

de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá en la forma indicada, a la dirección de correo electrónico reportada en su página web, copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta providencia, para que, en el término de dos (2) días, rinda informe sobre los hechos objeto de la solicitud de amparo.

CUARTO: NOTIFICAR la presente decisión a la parte demandante a la dirección de correo electrónico reportada (leoalex_@hotmail.com).

QUINTO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para que, si lo considera procedente, dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.

NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE,

FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE1

JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ

1VF Nota: se deja constancia de que esta providencia se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.

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