CE - 110010315000202204584001AUTOQUEADMITE20220825124205
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 110010315000202204584001AUTOQUEADMITE20220825124205
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
Radicado: 11001-03-15-000-2022-04584-00
Demandante: Viviana Marcela Figueroa Barrera
Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co
Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador
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CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN CUARTA
CONSEJERO PONENTE: MILTON CHAVES GARCÍA
Bogotá D.C., veinticinco (25) de agosto de dos mil veintidós (2022)
Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2022-04584-00
Demandante: VIVIANA MARCELA FIGUEROA BARRERA
Demandado: CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA Y OTROS
AUTO – ADMITE
Por reunir los requisitos exigidos por el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991 y de conformidad con lo establecido en el numeral 2° del artículo 1° del Decreto 1382 de 2000, se dispone:
1. Admitir la demanda interpuesta, en nombre propio , por la señora Viviana Marcela Fiqueroa Barrera contra el Consejo Superior de la Judicatura, Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial Bogotá -Cundinamarca y el Juzgado Treinta y Uno Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de
Bogotá D.C.
Ejecutiva Seccional de Administración Judicial Bogotá -Cundinamarca y el Juzgado Treinta y Uno Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Bogotá D.C.
2. Notificar el presente auto a la demandante, a los demandados y al Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá, como tercero interesado en el resultado del proceso a quienes se les remitirá copia de la demanda. Así mismo, Publicar en la página web del Consejo de Estado esta providencia para el conocimiento de todos los terceros interesados.
3. Notificar a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, de conformidad con lo dispue sto en el artículo 610 del Código General del Proceso. La notificación se deberá hacer por vía electrónica y por buzón , de manera que no se enviará documento alguno en papel. Informar que el expediente queda a su disposición por si desea revisarlo.
4. Informar a los demandados y al tercero con inter és que en el término de dos (2) días y por el medio más expedito pueden rendir informe sobre los hechos objeto de la presente acción . Los escritos se pueden presentar al correo
secgeneral@consejodeestado.gov.co
Notifíquese y cúmplase,
(Firmado electrónicamente)