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Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 110010315000202204598001AUTOQUEADMITE20220831185500
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

Radicado: 11001-03-15-000-2022-04598-00

Demandante: Doreya Hernández Vásquez

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA

CONSEJERO PONENTE: JULIO ROBERTO PIZA RODRÍGUEZ

Bogotá, 30 de agosto de 2022

Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2022-04598-00

Demandante: Doreya Hernández Vásquez

Demandado: Consejo de Estado, Sección Segunda, Subsección B

Asunto: auto que admite demanda

Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone:

1. Admitir la demanda de tutela presentada por la señora Doreya Hernández Vásquez contra el Consejo de Estado, Sección Segunda, Subsección B, por presunta mora judicial, dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho 11001032500020220035600.

2. En calidad de parte dem andada, notificar a los magistrados del Consejo de Estado,

Sección Segunda, Subsección B.

Si bien en el proceso ordinario la señora Hernández Vásquez identifica como autoridades demandadas a la Administradora Colombiana de Pensiones y a la Gobernación de Santander, lo cierto es que no hay lugar a vincularlos como terceros con interés, por cuanto aún no se ha

Si bien en el proceso ordinario la señora Hernández Vásquez identifica como autoridades demandadas a la Administradora Colombiana de Pensiones y a la Gobernación de Santander, lo cierto es que no hay lugar a vincularlos como terceros con interés, por cuanto aún no se ha trabado la litis. De hecho, el fundamento de la presente acción es que no se ha resuelto sobre la admisión de la demanda.

3. El expediente digital queda a disposición de la parte demandada, por el término de 3 días, para que ejerza los derechos que pretenda hacer valer.

4. Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos aportados con la demanda.

5. Las comunicaciones, oficios, memoriales, escritos, pruebas documentales y demás que se presenten en este trámite judicial, se recibirán en la siguiente cuenta de correo electrónico del Consejo de Estado: secgeneral@consejodeestado.gov.co.

Notifíquese y cúmplase,

(Firmado electrónicamente) Julio Roberto Piza Rodríguez

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