CE - 110010315000202204610001AUTOQUEADMITE20220927175905
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 110010315000202204610001AUTOQUEADMITE20220927175905
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
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CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN A
CONSEJERO PONENTE: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ
Bogotá D.C., primero (1.º) de septiembre de dos mil veintidós (2022)
Radicado: 11001-03-15-000-2022-04610-00
Accionante: EDWIN PERALTA GRANADOS Y OTROS
Accionado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL CAQUETÁ Y OTRO
AUTO QUE ADMITE
Se ADMITE la solicitud de tutela instaurada por los señores Edwin Peralta Granados, Jessenia del Pilar Gil Arias, Marly Tatiana Peralta Granados, Wbeimar Peralta Granados, Álvaro Peralta Murcia y Marina Granados Montaño, quienes actúan en nombre propio , en contra del Juzgado Primero Administrativo de Florencia y del Tribunal Administrativo del Caquetá, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales al acceso a la administración de justicia y a la igualdad, con ocasión de la expedición de las providencias del 12 de julio de 2018 y del 10 de mayo de 2022, respectivamente, dentro del medio de control de reparación directa con el radicado n.° 1800133-33-001-2014-00053-01.
TÉNGANSE como pruebas, las aportadas con el escrito de tutela.
del medio de control de reparación directa con el radicado n.° 1800133-33-001-2014-00053-01.
TÉNGANSE como pruebas, las aportadas con el escrito de tutela.
NOTIFÍQUESE al Juzgado Primero Administrativo de Florencia y al Tribunal Administrativo del Caquetá como accionados y a la Nación –ACC IÓN DE TUT EL A Radicado: 11001 -03 -15 -000 -2022 -04610 -00
Accionante: Edwin Peralta Gr anados y otr os
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2 Ministerio de Defensa – Policía Nacional como tercero interesado en las resultas del proceso. Asimismo, NOTIFÍQUESE a la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, para que, si a bien lo tiene, intervenga en el presente proceso.
REMÍTASE copia de la solicitud de tutela a las partes para que procedan a rendir el respectivo informe dentro del término de tres (3) días contados a partir de la notificación de la presente providencia.
REQUIÉRASE al Juzgado Primero Administrativo de Florencia para que allegue en medio magnético o el respectivo link de acceso copia del expediente del medio de control de reparación directa con el radicado n.º 18001-33-33-001-2014-00053-01, donde fungió como demandante el señor Edwin Peralta Granados y otros.
NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE
radicado n.º 18001-33-33-001-2014-00053-01, donde fungió como demandante el señor Edwin Peralta Granados y otros.
NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE
GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ
Consejero de Estado