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CE - 110010315000202204632001AUTOQUEADMITE20220829075907

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 110010315000202204632001AUTOQUEADMITE20220829075907
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
—

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO AMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

Bogotá, D.C., veintinueve (29) de agosto de dos mil veintidós (2022)

Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-04632-00

Referencia: Acción de tutela

Actores: JOHANNA ALEJANDRA MERCHÁN GARZÓN Y OTRO

Asunto: Admite demanda

AUTO INTERLOCUTORIO

Por ajustarse a las formalidades previstas en el Decreto Ley 2591 de 19 de noviembre de 19911, se admite la acción de tutela presentada por los señores EDGAR ALBERTO ARIAS LÓPEZ y JOHANNA ALEJANDRA MERCHÁN GARZÓN, contra el CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA y la UNIDAD DE REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS Y AUXILIARES DE LA JUSTICIA, por estimar que les vulneraron sus derechos fundamentales de petición, a la igualdad, al trabajo, al debido proceso, al mínimo vital , a la libertad de escogencia de profesión y/o oficio y a los principios de favorabilidad y equidad, por cuanto no han recibido una respuesta de fondo, clara y concreta a la s solicitudes que les envi aron, respectivamente, vía electrónica, el 22 y 23 de junio de 2022, en la s que requirieron la expedición de sus tarjetas profesionales como abogados.

En consecuencia, se dispone:

1 "Por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política".2

En consecuencia, se dispone:

1 "Por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política".2

Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-04632-00

Actores: JOHANNA ALEJANDRA MERCHÁN GARZÓN Y OTRO

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

a): Notifíquese a la señora Directora de la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia y a los magistrados de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura. Remítaseles copia de la solicitud de tutela, para que si a bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co

b): Ténganse como pruebas, en cuanto fueren conducentes y por el valor que en derecho les corresponda, los documentos aportados por la parte actora con la solicitud de tutela.

c): Por tener interés directo en las resultas del proceso, vincúlese y notifíquese a la UNIVERSIDAD LA GRAN COLOMBIA. Remítasele copia de la solicitud de tutela a l señor Rector de la Universidad La Gran Colombia para que si a bien lo tiene rinda informes sobr e el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica

Gran Colombia para que si a bien lo tiene rinda informes sobr e el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co

d): Ofíciese a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura y a la Unidad de Registro Nacional de Abogados y3

Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-04632-00

Actores: JOHANNA ALEJANDRA MERCHÁN GARZÓN Y OTRO

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

Auxiliares de la Justicia para que informen, en el término de la distancia, sobre el tr ámite impartido a la s solicitudes presentadas por los actores, vía electrónica el 22 y 23 de junio de 2022.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,

(Firmado electrónicamente)

NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN

Consejera

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