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CE - 110010315000202204904001AUTOQUEADMITE20220916095341

Consejo de Estado

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Título
CE - 110010315000202204904001AUTOQUEADMITE20220916095341
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
—

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A

Consejera Ponente: Marta Nubia Velásquez Rico

Bogotá, D.C., quince (15) de septiembre de dos mil veintidós (2022)

Radicación: 110010315000202204904 00

Accionante: Carmen Karina Gil Ortega y otra Accionado: Consejo Superior de la Judicatura Referencia: Acción de tutela – Admite

Por reunir los requisitos legales, el despacho dispone:

PRIMERO: ADMITIR la demanda presentada por la señora Carmen Karina Gil Ortega, en nombre propio y en representación de su hija menor de edad, Lauren Sofía Gil Gil , para la protección de su derecho fundamental de petición, supuestamente vulnerado por el magistrado Jorge Luis Trujillo Alfaro, Presidente del Consejo Superior de la Judicatura.

SEGUNDO: NOTIFICAR la presente decisión a las partes. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta providencia, para que, en el término de dos (2) días, la parte accionada, magistrado Jorge Luis Trujillo Alfaro , rinda informe sobre los hechos objeto del presente asunto.

TERCERO: DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos aportados con la demanda.

CUARTO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, para que, si lo considera procedente dentro del marco de las

documentos aportados con la demanda.

CUARTO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, para que, si lo considera procedente dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.Radicación: 110010315000202204904 00

Accionante: Carmen Karina Gil Ortega y otra Accionado: Consejo Superior de la Judicatura Referencia: Acción de tutela – Admite

2

QUINTO: RECONOCER personería a la señora Carmen Karina Gil Ortega para actuar a nombre propio y en representación de su hija menor de edad, Lauren Sofía Gil Gil, en los términos del artículo 10 del Decreto 2591 de 1991.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

MARTA NUBIA VELÁSQUEZ RICO

NEAO Nota: esta providencia fue suscrita en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar la integridad y autenticidad del presente documento en el link https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador. Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha.

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