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CE - 110010315000202205009001AUTOQUEADMITE20220921182739

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 110010315000202205009001AUTOQUEADMITE20220921182739
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
—

Radicado: 11001-03-15-000-2022-05009-00

Demandante: Yency Viviana García Vargas

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-601) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA

CONSEJERO PONENTE: JULIO ROBERTO PIZA RODRÍGUEZ

Bogotá, 21 de septiembre de 2022

Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2022-05009-00

Demandante: Yency Viviana García Vargas

Demandado: Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda,

Subsección D

Asunto: Auto que admite tutela

Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone:

1. Admitir la demanda de tutela presentada por la señora Yency Viviana García Vargas contra el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección D, con el objeto de que se ampare n los derechos fundamentales al debido proceso y de acceso a la administración de justicia.

2. En calidad de parte demandada, notificar al magistrado Cerveleón Padilla Linares, integrante

del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección D.

El Despacho estima que no es necesario vincular, en calidad de tercero con interés, a la parte demandada del ordinario que dio lugar a la actuación objeto de tutela, pues en dicho proceso no se ha trabado la litis.

El Despacho estima que no es necesario vincular, en calidad de tercero con interés, a la parte demandada del ordinario que dio lugar a la actuación objeto de tutela, pues en dicho proceso no se ha trabado la litis.

3. El expediente digital queda a disposición de la parte demandada, por el término de 3 días, para que ejerzan los derechos que pretendan hacer valer.

4. Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos aportados con la demanda.

5. Las comunicaciones, oficios, memoriales, escritos, pruebas documentales y demás que se presenten en este trámite judicial, se recibirán en las siguientes cuentas de correo electrónico del Consejo de Estado: secgeneral@consejodeestado.gov.co.

Notifíquese y cúmplase,

(Firmado electrónicamente) Julio Roberto Piza Rodríguez

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