CE - 110010315000202205050001AUTOQUEADMITE20220926163950
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 110010315000202205050001AUTOQUEADMITE20220926163950
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A
Consejero Ponente: JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ.
Bogotá, D.C., veintiséis (26) de septiembre de dos mil veintidós (2022).
Radicación: 11001-03-15-000-2022-05050-00
Accionante: Luz Nancy Botina Volveras Accionado: Consejo Superior de la Judicatura – Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia Referencia: Acción de tutela – Admisión
La señora Luz Nancy Botina Volveras presentó acción de tutela contra la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia del Consejo Superior de la Judicatura, con el fin de obtener la protección de sus derechos fundamentales de petición y trabajo. Estima que tales prerrogativas fueron vulneradas por la autoridad accionada al no contestar la solicitud que elevó el 1 de julio de 2022, relacionada con la expedición de su tarjeta profesional de abogada.
Por reunir los requisitos legales, el Despacho,
RESUELVE
PRIMERO: ADMITIR la demanda.
SEGUNDO: DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.
TERCERO: NOTIFICAR la presente decisión al Consejo Superior de la Judicatura – Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia . Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá en la forma indicada, a la dirección de correo electrónico reportada en su página web, copia de la demanda
– Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia . Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá en la forma indicada, a la dirección de correo electrónico reportada en su página web, copia de la demanda junto con sus anexos , así como de esta providencia. Lo anterior, para que, en el término de dos (2) días, rinda informe sobre los hechos o bjeto de la solicitud de amparo.
CUARTO: NOTIFICAR la presente decisión a la parte demandante a la dirección de correo electrónico reportada (nancybot25@gmail.com).
QUINTO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para que, si lo considera pertinente, dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.
NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE,Radicación: 11001-03-15-000-2022-05050-00
Accionante: Luz Nancy Botina Volveras Accionado: Consejo Superior de la Judicatura – Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia Referencia: Acción de tutela – Admisión
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FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE1
JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ
1 VF Nota: se deja constancia de que esta providencia se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.