CE - 110010315000202205065001AUTOQUEADMITE20220927181311
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 110010315000202205065001AUTOQUEADMITE20220927181311
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
w w w . c o n s e j o d e e s t a d o . g o v . c o Calle 12 No. 7 –65 – Tel: ( 60 1) 350 -6700 Bogotá D.C. – Colombia
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN A
CONSEJERO PONENTE: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ
Bogotá D.C., veintiséis (26) de septiembre de dos mil veintidós (2022)
Radicado: 11001-03-15-000-2022-05065-00
Accionante: MARIA GLADYS RODRIGUEZ QUINTERO Accionado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCASECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A
AUTO QUE ADMITE
Se ADMITE la solicitud de tutela instaurada por la señora María Gladys Rodríguez Quintero, quien actúa en nombre propio, en contra del Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Tercera – Subsección A, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia y mínimo vital, con ocasión de la providencia del 17 de marzo de 2022, proferida dentro del medio de control de reparación directa con el radicado n.° 11001-33-36-035-2015-00155-02.
TÉNGANSE como pruebas, las aportadas con el escrito de tutela.
NOTIFÍQUESE al Tribunal Administrativo de Cundinamarca - Sección Tercera – Subsección A como accionado y a la Nación - Rama Judicial
TÉNGANSE como pruebas, las aportadas con el escrito de tutela.
NOTIFÍQUESE al Tribunal Administrativo de Cundinamarca - Sección Tercera – Subsección A como accionado y a la Nación - Rama Judicial – Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y a los se ñores José Rafael Rodríguez, Paula Alejandra Rodríguez Garzón y Yerly Rodríguez Garzón como terceros interesados en las resultas del proceso. ParaACC IÓN DE TUT EL A Radicado: 11001 -03 -15 -000 -2022 -05065 -00
Accionante: Mar ía Gladys Rodr íguez Quinter o
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2 efectos de notificar a estos últimos, COMISIÓNASE al Juzgado Treinta y Cinco Administrativo de Bogotá . LÍBRESE el despacho comisorio con los insertos del caso.
Asimismo, NOTIFÍQUESE a la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, para que, si a bien lo tiene, intervenga en el presente proceso.
REMÍTASE copia de la solicitud de tutela a las partes para que procedan a rendir el respectivo informe dentro del término de tres (3) días contados a partir de la notificación de la presente providencia.
REQUIÉRASE al Juzgado Treinta y Cinco Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá para que allegue copia en medio magnético o el respectivo link de acceso al expediente del medio de control de
REQUIÉRASE al Juzgado Treinta y Cinco Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá para que allegue copia en medio magnético o el respectivo link de acceso al expediente del medio de control de reparación directa identificado con el radicado n.° 11001-33-36-0352015-00155-02, donde fungió como demandante la señora María Gladys Rodríguez Quintero y otros.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ
Consejero de Estado