🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CE - 110010315000202205188001AUTOQUEADMITE20221003174828

Consejo de Estado

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CE - 110010315000202205188001AUTOQUEADMITE20221003174828
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

Radicado: 11001-03-15-000-2022-05188-00

Demandante: Jorge Arturo Rivera Tejada

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-601) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: JULIO ROBERTO PIZA RODRÍGUEZ Bogotá, 30 de septiembre de 2022

Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2022-05188-00

Demandante: Jorge Arturo Rivera Tejada Demandado: Tribunal Administrativo del Atlántico Asunto: Auto que admite tutela Por reunir los requisitos legales, el despacho dispone:

1. Admitir la tutela presentada por Jorge Arturo Rivera Tejada contra el Tribunal Administrativo del Atlántico , con el objeto de que se ampare el derecho fundamental al debido proceso.

2. En calidad de parte demandada, notificar a los magistrados del Tribunal Administrativo del atlántico.

El Despacho estima que no es necesario vincular, en calidad de tercero con interés, a la parte demandada del proceso ordinario que dio lugar a la actuación objeto de tutela, pues en dicho proceso no se ha trabado la litis y, en todo caso, la solicitud de amparo únicamente se refiere a la mora judicial en la que haría incurrido el Tribunal Administrativo del Atlántico.

3. El expediente digital queda a disposición de la parte demandada, por el término de 3 días, para que ejerzan los derechos que pretendan hacer valer. se refiere a la mora judicial en la que haría incurrido el Tribunal Administrativo del Atlántico.

3. El expediente digital queda a disposición de la parte demandada, por el término de 3 días, para que ejerzan los derechos que pretendan hacer valer.

4. Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos aportados con la demanda.

5. Las comunicaciones, oficios, memoriales, escritos, pruebas documentales y demás que se presenten en este trámite judicial, se recibirán en las siguientes cuentas de correo electrónico del Consejo de Estado: secgeneral@consejodeestado.gov.co Notifíquese y cúmplase,

(Firmado electrónicamente) Julio Roberto Piza Rodríguez

Consultar sobre este documento ...