CE - 110010315000202205342001AUTOQUEADMITE20221011122949
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 110010315000202205342001AUTOQUEADMITE20221011122949
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
Radicado: 11001-03-15-000-2022-05342-00
Demandante: Carlos Alirio Niño Puentes
Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co
Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador
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CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN CUARTA
CONSEJERO PONENTE: MILTON CHAVES GARCÍA
Bogotá D.C., diez (10) de octubre de dos mil veintidós (2022)
Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2022-05342-00
Demandante: CARLOS ALIRIO NIÑO PUENTES
Demandado: DIRECCIÓN EJECUTIVA SECCIONAL DE ADMINISTRACI ÓN
JUDICIAL DE TUNJA.
AUTO – ADMITE
Por reunir los requisitos exigidos por el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991 y de conformidad con lo establecido en el numeral 2° del artículo 1° del Decreto 1382 de 2000, se dispone:
1. Admitir la demanda interpuesta, en nombre propio , por el señor Carlos Alirio Niño Puentes contra la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Tunja.
2. Notificar el presente auto al demandante, al demandado y al Consejo Superior
1. Admitir la demanda interpuesta, en nombre propio , por el señor Carlos Alirio Niño Puentes contra la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Tunja.
2. Notificar el presente auto al demandante, al demandado y al Consejo Superior de la Judicatura, al Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja y al Consejo Seccional de la Judicatura de Boyacá y Casanare, como terceros interesados en el resultado del proceso a quienes se les remitirá copia de la demanda. Así mismo, Publicar en la página web del Consejo de Estado esta providencia para el conocimiento de todos los terceros interesados.
3. Notificar a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 610 del Código General del Proc eso. La notificación se deberá hacer por vía electrónica y por buzón , de manera que no se enviará documento alguno en papel. Informar que el expediente queda a su disposición por si desea revisarlo.
4. Informar al demandado y a los terceros con interés que en el término de dos (2) días y por el medio más expedito pueden rendir informe sobre los hechos objeto de la presente acción . Los escritos se pueden presentar al correo
secgeneral@consejodeestado.gov.co
Notifíquese y cúmplase,
(Firmado electrónicamente)