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Consejo de Estado

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Título
CE - 110010315000202205428001AUTOQUEADMITE20221026113634
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

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CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN A

CONSEJERO PONENTE: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ

Bogotá D.C., dieciocho (18) de octubre de dos mil veintidós (2022)

Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2022-05428-00

Accionante: TANIA DAYANNA MURCIA CARDOZO

Accionado: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y OTROS

AUTO QUE ADMITE

Se ADMITE la solicitud de tutela instaurada por la señora Tania Dayanna Murcia Cardozo, quien actúa en nombre propio, en contra de la Presidencia de la República, el Ministerio de Vivienda , Ciudad y Territorio y el Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda, por la presunta vulneración de los derechos fundamentale s a la vida, igualdad, integridad personal, dignidad humana y mínimo vital.

TÉNGANSE como pruebas, las aportadas con el escrito de tutela.

NOTIFÍQUESE a la Presidencia de la República, al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y al Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda como accionados.ACC IÓN DE TUT EL A Radicado: 11001 -03 -15 -000 -2022 -05428 -00

Accionante: Tania Dayanna Mur cia Cardozo

Fonvivienda como accionados.ACC IÓN DE TUT EL A Radicado: 11001 -03 -15 -000 -2022 -05428 -00

Accionante: Tania Dayanna Mur cia Cardozo

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2 Asimismo, NOTIFÍQUESE a la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, para que, si a bien lo tiene, intervenga en el presente proceso.

REMÍTASE copia de la solicitud de tutela a las partes para que procedan a rendir el respectivo informe dentro del término de tres (3) días contados a partir de la notificación de la presente providencia.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ

Consejero de Estado

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