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CE - 110010315000202205638001AUTOQUERECHAZ20221214085908

Consejo de Estado

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Título
CE - 110010315000202205638001AUTOQUERECHAZ20221214085908
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

Radicado: 11001 -03 -15 -000 -202 2-05638 -00

Accionan te : Nación – Ministerio de Educación Nacional – Fondo Nacional de Prestaciones So ciales del Magisterio (FOMAG)

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA-SUBSECCIÓN A

MAGISTRADO PONENTE: WILLIAM HERNÁNDEZ GÓMEZ

Bogotá D.C., catorce (14) de diciembre de dos mil veintidós (2022)

I.T: 105

Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2022-05638-00

Accionante: NACIÓN – MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL – FONDO

NACIONAL DE PR ESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO

(FOMAG)

Accionados: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE ANTIOQUIA Y OTRO

AUTO QUE RECHAZA

ASUNTO

Se encuentra a d espacho el expediente de la referencia para resolver sobre la concesión del recu rso de impugnación interpuesto por la vinculada en contra de la sentencia del 1° de septiembre de 2022 proferida por esta Subsección.

CONSIDERACIONES La Subsección A de la Sección Segunda de esta corporación dictó fallo de primera instancia el 24 de noviembre de 202 2, en el cual amparó los derechos fundamentales de la parte accionante, por la configuración de un defecto

La Subsección A de la Sección Segunda de esta corporación dictó fallo de primera instancia el 24 de noviembre de 202 2, en el cual amparó los derechos fundamentales de la parte accionante, por la configuración de un defecto procedimental por exceso ritual manifiesto. El 1 de diciembre de esta anualidad la Secretaría General del Consejo de Estado notificó a las par tes de la anterior providencia, diligencia en la cual se le s informó que los mem oriales de bían allegarse al buzón electrónico secgeneral@consejodeestado.gov.co y que el correo electr ónico cegral@notificacionesrj.gov.co es d e uso exclusivo para el envío de comunicaciones. A pesar de lo anteri or, e l 5 de diciembre hogaño, la señora Martha Elizabeth González Garces envió memorial de imp ugnación a la última dirección electrónica señalada, motivo por el cual no es procedente darle trámite al recurso de impugnación, por lo cual se rechazará. En mérito de lo expuesto, seRadicado: 11001 -03 -15 -000 -202 2-05638 -00

Accionan te : Nación – Ministerio de Educación Nacional – Fondo Nacional de Prestaciones So ciales del Magisterio (FOMAG)

2 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

RESUELVE

Primero: Rechazar el recurso de impu gnación formulado por la señora Martha Elizabeth González Garcés en contra de la sentencia proferida el 24 de noviembre de 2022, de conformidad con la parte motiva de este proveído.

Primero: Rechazar el recurso de impu gnación formulado por la señora Martha Elizabeth González Garcés en contra de la sentencia proferida el 24 de noviembre de 2022, de conformidad con la parte motiva de este proveído.

Segundo: Notificar por el med io más expedito y eficaz el contenid o de esta providencia al accionante.

Tercero: Una vez ejecutoriado el presente auto, archívese el expediente , previo al respectivo registro en el programa SAMAI.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

WILLIAM HERNÁNDEZ GÓMEZ Firma electrónica

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