CE - 110010315000202205701001AUTOQUEDECLAR20221101112611
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 110010315000202205701001AUTOQUEDECLAR20221101112611
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN B
Magistrado Ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ
Bogotá D.C., treinta y uno (31) de octubre de dos mil veintidós (2022)
Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2022-05701-00
Accionante: Yeison Andrés Tutistas Congote Accionados: Consejo Seccional de la Judicatura del Valle del Cauca y otro.
Tema: Acción de tutela para la protección del derecho fundamental de petición / Remisión por competencia.
AUTO Yeison Andrés Tutistas Congote -en nombre propio - interpone acción de tutela contra el Consejo Seccional de la Judicatur a del Valle del Cauca y el Juzgado Catorce Administrativo de Cali, para la protección de su derecho fundamental al debido proceso, vulnerado por la mora injustificada , al no haber proferido sentencia de segunda instancia en el proceso de reparación directa con radicado 76001333301420160022500, en el que se solicitó indemnización de perjuicios con ocasión a una presunta tortura en el Centro de Formación Juvenil de Cali. El despacho advierte que, el conocimiento de la presente acción de tute la corresponde a los Tribunales, según lo dispuesto en el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991 y el numeral 6 del artículo 1 del decreto 333 de 2021:
<< Las acciones de tutela dirigidas contra los Consejos Seccionales de la Judicatura y las Comisiones Seccionales de Disciplina Judicial serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, a los Tribunales
<< Las acciones de tutela dirigidas contra los Consejos Seccionales de la Judicatura y las Comisiones Seccionales de Disciplina Judicial serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, a los Tribunales Superiores de Distrito Judicial.>>
A su vez, el numeral 5º de la citada norma establece que << Las acciones de tutela dirigidas con tra los Jueces o Tribunales serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, al respectivo superior funcional de la autoridad jurisdiccional accionada.>> Lo anterior, toda vez que el accionante no solo refiere como accionado al Consejo Seccional de la Judicatura de l Valle del Cauca sino también al Juzgado Catorce Administrativo de Cali , por lo tanto, el asunto no es de conocimiento de esta Corporación sino de los tribunales. En mérito de lo expuesto, el DespachoRadicado: 11001-03-15-000-2022-05701-00
Accionante: Yeison Andrés Tutistas Congote Remite por competencia
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RESUELVE
PRIMERO. REMÍTASE el proceso de la referencia al Tribunal Administrativo de Valle del Cauca, de conformidad con lo expuesto en precedencia.
SEGUNDO. NOTIFÍQUESE la presente providencia al accionante a la dirección de correo electrónico señalada en la demanda enviándole copia de la decisión que se adopta.
TERCERO. PUBLÍQUESE la presente providencia en la página Web de la Corporación.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
Con firma electrónica
MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ
Magistrado