CE - 110010315000202205702001AUTOQUEADMITE20221102114132
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 110010315000202205702001AUTOQUEADMITE20221102114132
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN B
Magistrado Ponente: Alberto Montaña Plata
Bogotá DC, 1 de noviembre de 2022
Radicación: 11001-03-15-000-2022-05702-00
Demandante: Floralba Pérez Trejos
Demandado: Tribunal Administrativo de Magdalena
Naturaleza: Acción de tutela. Auto
De conformidad con lo previsto por el artículo 86 de la Constitución Política y el Decreto 2591 de 1991, el despacho,
RESUELVE
PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela presentada por Floralba Pérez Trejos contra el Tribunal Administrativo de Magdalena y, VINCULAR al Juzgado 5
Administrativo de Santa Marta y a la Unidad de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales (UGPP), como terceros con interés en el asunto.
SEGUNDO: NOTIFICAR Y CORRER TRASLADO de esta providencia, junto con la tutela y sus anexos, a la parte demandada y a los terceros vinculados, para que, en el término de 2 días, contados desde la fecha de notificación, rindan el informe que estimen pertinente.
TERCERO: TENER como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la acción de tutela.
CUARTO: OFICIAR al Juzgado 5 Administrativo de Santa Marta para que remita escaneado el expediente del proceso de nulidad y restablecimiento
documentos allegados con la acción de tutela.
CUARTO: OFICIAR al Juzgado 5 Administrativo de Santa Marta para que remita escaneado el expediente del proceso de nulidad y restablecimiento de derecho No. 47001-33-33-005-2017-00199-00/01, a la siguiente cuenta de correo electrónico «secgeneral@consejodeestado.gov.co».
QUINTO: RECONOCER personería al abogado Jairo Iván Lizarazo Ávila, identificado con cédula de ciudadanía No. 19.456.810 y portador de la Tarjeta Profesional No. 41.146 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la parte demandante, en los términos del poder obrante en el expediente digital.
SEXTO: Por Secretaría General de esta Corporación, PUBLICAR la presente providencia en la página web del Consejo de Estado.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente