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Consejo de Estado

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Título
CE - 110010315000202205746001AUTOQUEADMITE20221117105549
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

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CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN A

CONSEJERO PONENTE: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ

Bogotá D.C., tres (3) de noviembre de dos mil veintidós (2022)

Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2022-05746-00

Accionante: CHRISTIAN JULIÁN ESPINOSA GAVIRIA

Accionado: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y OTROS

AUTO QUE ADMITE

Se ADMITE la solicitud de tutela instaurada por el señor Christian Julián Espinosa Gaviria, quien actúa en nombre propio, en contra de la Presidencia de la República, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda y la Constructora INACAR S.A., por la presun ta vulneración de los derechos fundamentales a la vivienda digna, vida, dignidad humana, igualdad, mínimo vital, propiedad privada, debido proceso y libertad económica.

TÉNGANSE como pruebas, las aportadas con el escrito de tutela.

NOTIFÍQUESE a la Presidencia de la República, al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, al Fondo Nacional de Vivienda –

TÉNGANSE como pruebas, las aportadas con el escrito de tutela.

NOTIFÍQUESE a la Presidencia de la República, al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, al Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda y a la Constructora INACAR S.A. como accionados.ACC IÓN DE TUT EL A Radicado: 11001 -03 -15 -000 -2022 -05746 -00

Accionante: Christian Julián Espinosa Gaviria

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2 Asimismo, NOTIFÍQUESE a la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, para que, si a bien lo tiene, intervenga en el presente proceso.

REMÍTASE copia de la solicitud de tutela a las partes para que procedan a rendir el respectivo informe dentro del término de tres (3) días contados a partir de la notificación de la presente providencia.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ

Consejero de Estado

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