CE - 110010315000202205751001AUTOQUEADMITE20221102085617
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 110010315000202205751001AUTOQUEADMITE20221102085617
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO AMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
Bogotá, D.C., dos (2) de noviembre de dos mil veintidós (2022)
Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-05751-00
Referencia: Acción de tutela
Actor: FREDY FABIÁN CUELLO ROJAS
Asunto: Admite demanda AUTO INTERLOCUTORIO Por ajustarse a las formalidades previstas en el Decreto Ley 2591 de 19 de noviembre de 19911, se admite la acción de tutela presentada por el señor FREDY FABÍAN CUELLO ROJAS contra la SALA DE DECISIÓN ORAL -SECCIÓN “B”- DEL TRIBUNA L ADMINISTRATIVO DEL ATL ÁNTICO, por estimar que le vulneraron sus derechos fundamentales al debido proceso y a la igualdad, al haber proferido la providencia de 29 de abril de 2022 , dentro del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho identificado con el número único de radicación 2021-00006-01.
En consecuencia, se dispone:
a): Notifíquese a los magistrados de la Sala de Decisi ón Oral – Sección “B”- del Tribunal Administrativo del Atlántico. Remítaseles copia de la s olicitud de tutela, para que si a bien lo tienen rindan
1 "Por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política".2
Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-05751-00
Actor: FREDY FABIÁN CUELLO ROJAS
Política".2
Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-05751-00
Actor: FREDY FABIÁN CUELLO ROJAS
Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co
informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co
b): Por tener interés directo en las resultas del proceso, vincúle nse y notifíquese al SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE -SENA-, parte demandada dentro del proceso que dio origen a la presente acción. Asimismo, al JUZGADO CUARTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA , que conoció en primera instancia del proceso en mención. Remítaseles copia de la solicitud de tutela al señor Director General del SENA y al Juez Cuarto Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla , para que si a bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co
c): Ténganse como pruebas, en cuanto fueren conducentes y por el valor que en derecho les corresponda, los documentos aportados por el actor con la solicitud de tutela.
d): Tiénese al doctor FRANCISCO CUELLO DUARTE como apoderado especial del demandante, de conformidad con el poder obrante en el expediente.3
el actor con la solicitud de tutela.
d): Tiénese al doctor FRANCISCO CUELLO DUARTE como apoderado especial del demandante, de conformidad con el poder obrante en el expediente.3
Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-05751-00
Actor: FREDY FABIÁN CUELLO ROJAS
Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co
e): Ofíciese al Juzgado Cuarto Administrativo Oral del C ircuito de Barranquilla para que remita, en el término de la distancia, con destino al proceso de la referencia, copia física o digital del expediente identificado con el número ú nico de radicación 202100006-01, contentivo del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho promovido por el actor contra el SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE -SENA-, al correo electrónico secgeneral@consejodeestado.gov.co
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,
(Firmado electrónicamente)
NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN
Consejera