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CE - 110010315000202205899001AUTOQUEADMITEAUTOQUEA20221117101513

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 110010315000202205899001AUTOQUEADMITEAUTOQUEA20221117101513
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
—

Radicado: 11001-03-15-000-2022-05899-00

Demandante: Eileen de Jesús Vásquez Pérez y otro

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA CONSEJERA PONENTE: MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Bogotá, diecisiete (17) de noviembre de dos mil veintidós (2022) Referencia Acción de tutela Radicado 11001-03-15-000-2022-05899-00

Demandante EILEEN DE JESÚS VÁSQUEZ PÉREZ Y OTRO

Demandado CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, UNIDAD DE

ADMINISTRACIÓN DE CARRERA JUDICIAL

ASUNTO AUTO QUE ADMITE DEMANDA DE TUTELA Por reunir los requisitos legales, el despacho dispone:

1. Admitir la demanda presentada por Eileen de Jesús Vásquez Pérez, quien actúa en nombre propio y en representación de su hija menor Abigail Vásquez Pérez, contra el Consejo Superior de la Judicatura, Unidad de Administración

de Carrera Judicial.

2. En calidad de parte demandada, notificar al Consejo Superior de la

Judicatura, Unidad de Administración de Carrera Judicial , entregándole copia de la demanda y de los anexos.

3. Notificar el presente auto a las partes. Para tal efecto, remítaseles copia de la acción, de los anexos y de esta providencia, para que, en el término de dos (2) días y por el medio más expedito, ejerzan su derecho de defensa siempre que

acción, de los anexos y de esta providencia, para que, en el término de dos (2) días y por el medio más expedito, ejerzan su derecho de defensa siempre que lo consideren pertinente y necesario.

4. Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos aportados con la demanda.

5. Modificar por Secretaría General, el Sistema de Gestión Samai en el entendido que la demandante es la señora Eileen de Jesús Vásquez Pérez y otro.

Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente)

MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO

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