CE - 110010315000202205899001AUTOQUEADMITEAUTOQUEA20221117101513
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 110010315000202205899001AUTOQUEADMITEAUTOQUEA20221117101513
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
Radicado: 11001-03-15-000-2022-05899-00
Demandante: Eileen de Jesús Vásquez Pérez y otro
Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN CUARTA CONSEJERA PONENTE: MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Bogotá, diecisiete (17) de noviembre de dos mil veintidós (2022) Referencia Acción de tutela Radicado 11001-03-15-000-2022-05899-00
Demandante EILEEN DE JESÚS VÁSQUEZ PÉREZ Y OTRO
Demandado CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, UNIDAD DE
ADMINISTRACIÓN DE CARRERA JUDICIAL
ASUNTO AUTO QUE ADMITE DEMANDA DE TUTELA Por reunir los requisitos legales, el despacho dispone:
1. Admitir la demanda presentada por Eileen de Jesús Vásquez Pérez, quien actúa en nombre propio y en representación de su hija menor Abigail Vásquez Pérez, contra el Consejo Superior de la Judicatura, Unidad de Administración
de Carrera Judicial.
2. En calidad de parte demandada, notificar al Consejo Superior de la
Judicatura, Unidad de Administración de Carrera Judicial , entregándole copia de la demanda y de los anexos.
3. Notificar el presente auto a las partes. Para tal efecto, remítaseles copia de la acción, de los anexos y de esta providencia, para que, en el término de dos (2) días y por el medio más expedito, ejerzan su derecho de defensa siempre que
acción, de los anexos y de esta providencia, para que, en el término de dos (2) días y por el medio más expedito, ejerzan su derecho de defensa siempre que lo consideren pertinente y necesario.
4. Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos aportados con la demanda.
5. Modificar por Secretaría General, el Sistema de Gestión Samai en el entendido que la demandante es la señora Eileen de Jesús Vásquez Pérez y otro.
Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente)