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Consejo de Estado

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Título
CE - 110010315000202205968001AUTOQUEADMITEADMITETUT20221115145927
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

rr Demandante: José Ramiro Rojas Pachón Demandados: Tribunal Administrativo del Meta y otro Radicado: 11001-03-15-000-2022-05968-00

1

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN QUINTA

Magistrado ponente: CARLOS ENRIQUE MORENO RUBIO

Bogotá D.C., quince (15) de noviembre de dos mil veintidós (2022)

Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2022-05968-00

Demandante: JOSÉ RAMIRO ROJAS PACHÓN

Demandados: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL META Y OTRO

AUTO ADMISORIO

Mediante escrito radicado el 3 de noviembre de 2022 en el Sistema de Recepción de Tutelas y Habeas Corpus en línea de la Rama Judicial , el señor José Ramiro Rojas Pachón , en nombre propio, interpuso acción de tutela contra el Tribunal Administrativo del Meta y el Juzgado 5º Administrativo de Villavicencio con el fin de que le sea n protegidos sus derechos fundamentales al debido proceso y al acceso material efectivo a la administración de justicia.

Sostuvo que tales garantías le han sido vulneradas por la s autoridades accionadas, al proferir las providencias del 27 de julio de 2018 por parte del Juzgado 5º Administrativo de Villavicencio que n egó las pretensiones de la demanda dentro del

Sostuvo que tales garantías le han sido vulneradas por la s autoridades accionadas, al proferir las providencias del 27 de julio de 2018 por parte del Juzgado 5º Administrativo de Villavicencio que n egó las pretensiones de la demanda dentro del proceso ejecutivo instaurado por el accionante contra la Nación, Ministerio de Defensa, Policía Nacional y la del 8 de septiembre de 2022 emitida por el Tribunal Administrativo del Meta que la confirmó.

El Con sejo de Estado conoce de las acciones de tutela promovidas contra los Tribunales Administrativos según el artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015 "[p]or medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho", modificado por el artículo 1º del Decreto 333 de 2021, y como la aquí presentada lo es contra el Tribunal Administrativo del Meta y otro , es competente esta Sección para conocerla y fallarla.

Como la solicitud cumple con los requisitos que señala el artículo 1 4 del Decreto 2591 de 1991, se

RESUELVE

Primero: Admítese la acción de tutela interpuesta por el señor J osé Ramiro Rojas Pachón contra el Tribunal Administrativo del Meta y el Juzgado 5º Administrativo de

Villavicencio.

Segundo: Notifíquese por el medio más expedito y eficaz a los magistrados de lrr Demandante: José Ramiro Rojas Pachón Demandados: Tribunal Administrativo del Meta y otro Radicado: 11001-03-15-000-2022-05968-00

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Demandante: José Ramiro Rojas Pachón Demandados: Tribunal Administrativo del Meta y otro Radicado: 11001-03-15-000-2022-05968-00

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Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Tribunal Administrativo del Meta y al Juzgado 5º Administrativo de Villavicencio , quienes podrán contestar la presente tutela y allegar los documentos que pretendan hacer valer como pruebas, dentro de los tres ( 3) días siguientes al recibo del respectivo oficio.

Tercero: Notifíquese por el medio más expedito y eficaz al Ministerio de DefensaPolicía Nacional como terceros con interés en las resultas de este proceso.

Cuarto: Ténganse como pruebas las aportad as por la parte actora con la presente acción de tutela, documentos que reposan en el Sistema de Gestión Judicial

SAMAI.

Quinto: Por secretaría general, ofíciese a la secretaria del Juzgado 5º Administrativo de Villavicencio para que remita vía electrónic a al corr eo de la Secretaría General del Consejo de Estado, copia digital del expediente del proceso ejecutivo No. 50001 3333 005 2018 00154 00. Para lo anterior, se le concede un término de tres (3) días contados a partir del recibo del respectivo oficio.

Sexto: Notifíquese por el medio más expedito y eficaz esta decisión a la parte actora.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

CARLOS ENRIQUE MORENO RUBIO

Magistrado

actora.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

CARLOS ENRIQUE MORENO RUBIO

Magistrado

“Este documento fue firmado electrónicamente. Usted puede consultar la providencia oficial con el número de radicación en http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081”

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