CE - 110010315000202206040001AUTOQUEADMITE20221116164941
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 110010315000202206040001AUTOQUEADMITE20221116164941
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN A
CONSEJERA PONENTE: MARÍA ADRIANA MARÍN
Bogotá D.C., dieciséis (16) de noviembre de dos mil veintidós (2022)
Radicación número: 11001-03-15-000-2022-06040-00
Actor: LUIS FERNANDO MACHADO QUIROZ
Demandado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL CESAR
Referencia: AUTO QUE ADMITE ACCIÓN DE TUTELA
Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone:
PRIMERO. Admitir la acción de tutela presentada por el señor Luis Fernando Machado Quiroz contra el Tribunal Administrativo de l Cesar, con el objeto de que se amparen sus derechos fundamentales al debido proceso, de acceso a la administración de justicia, a la igualdad y a la reparación integral.
SEGUNDO. En calidad de parte demandada, notifíquese a los magistrados que integran el Tribunal Administrativo del Cesar. Entrégueseles copia de la demanda y de los anexos, a fin de que, dentro de los dos (2) días siguientes a la notificación de la presente providencia, rindan el informe que corresponda y alleguen las pruebas que pretendan hacer valer.
TERCERO. En calidad de terceros co n interés, notifíquese al fiscal general de la Nación y a la directora ejecutiva de Administración Judicial, toda vez que la s entidades que representan intervinieron como demandada s en el proceso de reparación directa con radicado 20-001-33-33-001-2017-00367-01 promovido por el
entidades que representan intervinieron como demandada s en el proceso de reparación directa con radicado 20-001-33-33-001-2017-00367-01 promovido por el señor Luis Fernando Machado Quiroz y otros. Entréguesele copia de la demanda y de los anexos, a fin de que, si a bien lo tiene, intervenga dentro de los dos (2) días siguientes a la notificación de la presente providencia.
CUARTO. Vincular, en calidad de terceros con interés, a las demás personas que, junto con el señor Luis Fernando Machado Quiroz , conformaron el extremo activo del medio de control de reparación directa con radicado 20 -001-33-33-001-201700367-01. Entrégueseles copia de la demanda y de los anexos, a fin de que, si aRadicación Número: 11001-03-15-000-2022-06040-00
Actor: Luis Fernando Machado Quiroz Demandado: Tribunal Administrativo del Cesar Referencia: auto que admite acción de tutela
2 bien lo tienen, dentro de los dos (2) días siguientes a la notificación de la presente providencia, intervengan y alleguen las pruebas que pretendan hacer valer.
Por Secretaría General, requiérase al señor Luis Fernando Machad o Quiroz y al Tribunal Administrativo del Cesar, a fin de que suministre n los nombres completos y las direcciones (físicas o de correo electrónico) en las que aquellas personas pueden ser notificadas . D e no ser posible la notificación, publíquese esta providencia por el término de dos (2) días en la página web del Consejo de Estado, para que, si a bien lo tienen, los terceros con interés intervengan.
pueden ser notificadas . D e no ser posible la notificación, publíquese esta providencia por el término de dos (2) días en la página web del Consejo de Estado, para que, si a bien lo tienen, los terceros con interés intervengan.
QUINTO. Notifíquese a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 610 del Código General del Proceso. Para practicar dicha notificación, se remitirá mensaje al buzón de correo electrónico de la entidad, informándole que el expediente queda a su disposición, por si desea revisarlo e intervenir.
SEXTO. Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.
SÉPTIMO. Requiérase a la Secretaría de l Juzgado Segundo Administrativo de Valledupar, para que remita, completo y en medio magnético, el expediente contentivo del medio de control de reparación d irecta con radicado 20-001-33-33001-2017-00367-00, demandante: Luis Fernando Machado Quiroz y otros, demandados: Nación – Fiscalía General de la Nación y otro.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
Firmado electrónicamente
MARÍA ADRIANA MARÍN
Magistrada
Esta providencia fue firmada electrónicamente mediante el aplicativo SAMAI. La autenticidad e integridad de su contenido pueden ser validadas escaneando el código QR que aparece a la derecha o dirigiéndose el siguiente enlace: https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador.aspx .