CE - 110010315000202206062001AUTOQUEADMITE20221117153635
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 110010315000202206062001AUTOQUEADMITE20221117153635
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
Radicado: 11001-03-15-000-2022-06062-00
Demandante: Gildardo Góngora y otros.
Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co
Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador
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CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN CUARTA
CONSEJERO PONENTE: MILTON CHAVES GARCÍA
Bogotá D.C., diecisiete (17) de noviembre de dos mil veintidós (2022)
Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2022-06062-00
Demandante: GILDARDO GÓNGORA Y OTROS
Demandado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL CAQUETÁ
AUTO – ADMITE
Por reunir los requisitos exigidos por el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991 y de conformidad con lo establecido en el numeral 2° del artículo 1° del Decreto 1382 de 2000, se dispone:
1. Admitir la demanda interpuesta, mediante apoderado, por los señores Gildardo
Góngora, Luzmila Quilindo Patiño, Brayan Andrés Góngora Quilindo y Karin Andrea Martínez Quilindo, contra el Tribunal Administrativo del Caquetá.
1. Notificar el presente auto a los demandantes, a los demandados, al Juzgado
Andrea Martínez Quilindo, contra el Tribunal Administrativo del Caquetá.
1. Notificar el presente auto a los demandantes, a los demandados, al Juzgado Primero Administrativo de Florencia, a la Nación –Rama Judicial-Dirección Ejecutiva de Administración Judicialy a la Fiscalía General de la Nación, como terceros interesados en el resultado del proceso a quienes se les remitirá copia de la demanda. Así mismo, Publicar en la página web del Consejo de Estado esta providencia para el conocimiento de todos los terceros interesados.
2. Notificar a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 610 del Código General del Proceso. La notificación se deberá hacer por vía electrónica y por buzón , de manera que no se enviará documento alguno en papel. Informar que el expediente queda a su disposición por si desea revisarlo.
3. Informar al demandado y a los terceros con interés que en el término de dos (2) días y por el medio más expedito pueden rendir informe sobre los hechos objeto de la presente acción . Los escritos se pueden presentar al correo
secgeneral@consejodeestado.gov.co
4. Oficiar al Juzgado Primero Administrativo de Florencia, para que en el término de 48 horas contadas a partir de la notificación del presente auto, allegue copia a través de medio magnético, del proceso de reparación directa con radicado 18001-33-33-001-2017-00329-00, demandante: Gildardo Góngora y otros . Al correo secgeneral@consejodeestado.gov.co
5. Suspender los términos de la presente acción de tutela hasta que se allegue copia del expediente solicitado.Radicado: 11001-03-15-000-2022-06062-00
correo secgeneral@consejodeestado.gov.co
5. Suspender los términos de la presente acción de tutela hasta que se allegue copia del expediente solicitado.Radicado: 11001-03-15-000-2022-06062-00
Demandante: Gildardo Góngora y otros.
Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co
Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador
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6. Reconocer personería a l abogado Yeison Mauricio Coy Arenas, como apoderado de la parte accionante, conforme a los poderes allegados.
Notifíquese y cúmplase,
(Firmado electrónicamente)