CE - 110010315000202206092001AUTOQUEINADMI20221121133009
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 110010315000202206092001AUTOQUEINADMI20221121133009
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
Radicado: 11001-03-15-000-2022-06092-00
Demandante: Frigoarauca S.A.
Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador 1
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN CUARTA
CONSEJERO PONENTE: MILTON CHAVES GARCÍA
Bogotá D.C., veintiuno (21) de noviembre de dos mil veintidós (2022)
Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2022-06092-00
Demandante: FRIGOARAUCA S.A.
Demandado: CONSEJO DE ESTADO –SECCIÓN TERCERA-SUBSECCIÓN BAUTO – INADMITE Previo a admitir la acción de tutela, se advierte que el señor William Martínez Zuluaga manifestó que actúa como representante legal de la sociedad Complejo Ganadero y Frigorífico del Arauca FRIGOARAUGA S.A., sin aportar el certificado de existencia y representación legal que lo acrediten como tal.
En consecuencia, se
RESUELVE:
1. Inadmitir la a cción de tutela interpuesta por la sociedad Complejo Ganadero y
Frigorífico del Arauca FRIGOARAUGA S.A. En consecuencia, se
RESUELVE:
1. Inadmitir la a cción de tutela interpuesta por la sociedad Complejo Ganadero y
Frigorífico del Arauca FRIGOARAUGA S.A.
2. Por Secretaría General, requerir al señor William Martínez Zuluaga, para que aporte el certificado de existencia y representación legal de la sociedad Complejo Ganadero y Frigorífico del Arauca FRIGOARAUGA S.A., con vigencia no mayor a 30 días .
Para el efecto, se encuentra habilitado el correo electrónico secgeneral@consejodeestado.gov.co Término: dos (2) días. Notifíquese y cúmplase, (Con firma electrónica)