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CE - 110010315000202206117001AUTOQUEADMITE20221121155324

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 110010315000202206117001AUTOQUEADMITE20221121155324
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

Bogotá, D. C., dieciocho (18) de noviembre de dos mil veintidós (2022)

Referencia ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2022-06117-00

Accionante: LEODANNY PARRA ANDRADE

Accionado: CONSEJO DE ESTADO – SALA DIECISIETE DE DECISIÓN

Auto que admite acción de tutela

Procede este Despacho a pronunciarse respecto de la admisión de la acción de tutela presentada por el ciudadano Leodanny Parra Andrade en contra de la sentencia de 3 de junio de 2022, proferida por la Sala Diecisiete de Decisión del Consejo de Estado, dentro del medio de control de control inmediato de legalidad con radicado número 11001-03-15-000-2021-04664-00, por considerar vulnerados sus derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia.

I. Consideraciones del Despacho:

Por ajustarse a lo previsto en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, se admitirá la presente acción de tutela; igualmente, se vincu larán como terceros con interés en el r esultado del proceso a la Presidencia de la República, al Ministerio de Justicia y del Derecho y al Departamento Administrat ivo de la Función Pública. También se dispondrá notificar al Min isterio Público para lo de su competencia.

Justicia y del Derecho y al Departamento Administrat ivo de la Función Pública. También se dispondrá notificar al Min isterio Público para lo de su competencia.

En mérito de lo expuesto el Despacho,

RESUELVE:

PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela promovida por el ciudadano Leodanny Parra Andrade en contra de la sentencia de 3 de junio de 2022, proferida por la Sala Diecisiete de Decisión del Consejo de Estado, dentro del medio de control de control inmediat o de legalidad con radicado número 11001-03-15-000-202104664-00.

SEGUNDO: NOTIFICAR esta decisión a los magistrados de la Sala Diecisiete de Decisión del Consejo de Estado. También se notificará al agente del Ministerio Público ante esta Sección, para lo de su competencia. Igualmente se REMITIRÁ, a todos los notificados, copia de la solicitud de tutela para que rindan informe sobre el2

Radicación: 11001-03-15-000-2022-06117-00

Accionante: Leodanny Parra Andrade

particular, de ntro de l os do s (2 ) días s iguientes a la notificación d e e sta providencia.

TERCERO: VINCULAR a la Presidencia de la República, al Ministerio de Justicia y del Derecho y al Departamento Administrat ivo de la Función Pública, como te rceros con interés en el result ado del proceso y, en consecuencia, se dispone REMITIRLES copia de la solicitud de tutela, para que, si lo estiman pertinente, se pronuncien sobre el particular, contando para ello con un

Pública, como te rceros con interés en el result ado del proceso y, en consecuencia, se dispone REMITIRLES copia de la solicitud de tutela, para que, si lo estiman pertinente, se pronuncien sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de este proveído.

Vencido el plazo antes señalado, vuelvan las diligencias al despacho para resolver lo pertinente.

NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE,

(Firmado electrónicamente)

ROBERTO AUGUSTO SERRATO VALDÉS

Consejero de Estado P:(18)

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