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CE - 110010315000202206248001AUTOQUEADMITEAUTOADMIS20221130094018

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 110010315000202206248001AUTOQUEADMITEAUTOADMIS20221130094018
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

Radicado: 11001-03-15-000-2022-06248-00

Demandante: Mauricio Eduardo Molina Trimiño

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA CONSEJERA PONENTE: MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Bogotá, treinta (30) de noviembre de dos mil veintidós (2022) Referencia Acción de tutela Radicado 11001-03-15-000-2022-06248-00

Demandante MAURICIO EDUARDO MOLINA TRIMIÑO

Demandado CONSEJO DE ESTADO, SECCIÓN SEGUNDA, SUBSECCIÓN A Y

OTROS

ASUNTO AUTO QUE ADMITE DEMANDA DE TUTELA Por reunir los requisitos legales, el despacho dispone:

1. Admitir la demanda presentada por el señor Mauricio Eduardo Molina Trimiño, quien actúa a través de apoderad o judicial, contra el Consejo de Estado, Sección Segunda, Subsección A ; la Sala Séptima de Decisión de esta

Corporación; y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN.

2. En calidad de parte demandada, notificar al Consejo de Estado, Sección Segunda, Subsección A; a la Sala Séptima de Decisión de esta Corporación; y a l a Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN , entregándoles copia de la demanda y de los anexos.

3. Oficiar a la Secretaría de la Sección Segunda de esta Corporación, para que,

y a l a Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN , entregándoles copia de la demanda y de los anexos.

3. Oficiar a la Secretaría de la Sección Segunda de esta Corporación, para que, remita en medio digital y en el término de dos (2) días copia del proceso d e nulidad y restablecimiento del derecho Nro. 11001-03-25-000-2011-00718-00.

4. Oficiar a la Secretaría General de la Corporación, para que, remita el enlace de consulta de Samai del recurso extraordinario de revisión Nro. 11001-03-15000-2021-00307-00.

5. Notificar el presente auto a las partes. Para tal efecto, remítaseles copia de la acción, de los anexos y de esta providencia, para que, en el término de dos (2) días y por el medio más expedito, ejerzan su derecho de defensa siempre que lo consideren pertinente y necesario.

6. Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos aportados con la demanda.

7. Reconocer al abogado Nelson León Bedoya García como apoderado de la parte demandante, en los términos del poder conferido (Samai, índice 2).

Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente)

MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO

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