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CE - 110010315000202206413001AUTOQUEADMITE20221202133255

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 110010315000202206413001AUTOQUEADMITE20221202133255
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN A

CONSEJERA PONENTE: MARÍA ADRIANA MARÍN

Bogotá, D.C., dos (2) de diciembre de dos mil veintidós (2022)

Radicación: 11001-03-15-000-2022-06413-00

Actor: DIANA JUDITH MONTES TURIZO

Demandado: CONSEJO DE ESTADO, SECCIÓN SEGUNDA, SUBSECCIÓN

A, Y OTRO

Referencia: AUTO QUE ADMITE ACCIÓN DE TUTELA

Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone:

PRIMERO. Admitir la acción de tutela presentada por la señora Diana Judith Montes Turizo contra el Tribunal Administrativo del Cesar y la Sección Segunda, Subsección A, del Consejo de Estado, con el objeto de que se amparen sus derechos fundamentales a la igualdad, al debi do proceso y de acceso a la administración de justicia.

SEGUNDO. En calidad de parte demandada, notifíquese a los magistrados que integran el Tribunal Administrativo del Cesar y a los de la Sección Segunda, Subsección A, del Consejo de Estado. Entrégueseles copia de la demanda y de los anexos, a fin de que, dentro de los dos (2) días siguientes a la notificación de la presente providencia, rindan el informe que corresponda y alleguen las pruebas que pretendan hacer valer.

TERCERO. En calidad de terceros con interés, notifíquese a la E.S.E. Hospital San Roque del Copey, toda vez que la entidad intervino como demandada en el

pretendan hacer valer.

TERCERO. En calidad de terceros con interés, notifíquese a la E.S.E. Hospital San Roque del Copey, toda vez que la entidad intervino como demandada en el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho con radicado 20001 -23-33-0002017-00111-01, promovido por la señora Diana Judith Montes Turizo. Entréguesele copia de la demanda y de los anexos, a fin de que, si a bien lo tiene n, intervenga dentro de los dos (2) días siguientes a la notificación de la presente providencia.

CUARTO. Notifíquese a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 610 del Código General del Proceso. Para practicar dicha notificación, se remitirá mensaje al buzón de correo electrónico de laRadicación número: 11001-03-15-000-2022-06413-00

Actor: Diana Judith Montes Turizo Demandado: Consejo de Estado, Sección Segunda, Subsección A, y otro Referencia: auto que admite acción de tutela

entidad, informándole que el expediente queda a su disposición, por si desea revisarlo e intervenir.

QUINTO. Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.

SEXTO. Requiérase a la Secretaría del Tribunal Administrativo del Cesar, para que remita, completo y en medio magnético, el expediente contentivo del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho con radicado 20001 -23-33-0002017-00111-01, demandante: Diana Judith Montes Turizo, demandada: E.S.E. Hospital San Roque del Copey.

control de nulidad y restablecimiento del derecho con radicado 20001 -23-33-0002017-00111-01, demandante: Diana Judith Montes Turizo, demandada: E.S.E. Hospital San Roque del Copey.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

Firmado electrónicamente

MARÍA ADRIANA MARÍN

Magistrada

Esta providencia fue firmada electrónicamente mediante el aplicativo SAMAI. La autenticidad e integridad de su contenido pueden ser validadas escaneando el código QR que aparece a la derecha o dirigiéndose el siguiente enlace: https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador.aspx.

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