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CE - 110010315000202206435001AUTOQUEADMITE20221207162145

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 110010315000202206435001AUTOQUEADMITE20221207162145
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

Radicado: 11001-03-15-000-2022-06435-00

Demandante: Harold Eduardo Sua Montaña

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador

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CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA

CONSEJERO PONENTE: MILTON CHAVES GARCÍA

Bogotá D.C., seis (6) de diciembre de dos mil veintidós (2022)

Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2022-06435-00

Demandante: HAROLD EDUARDO SUA MONTAÑA

Demandado: CONSEJO DE ESTADO –SECCIÓN QUINTAAUTO – ADMITE

Por reunir los requisitos exigidos por el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991 y de conformidad con lo establecido en el numeral 2° del artículo 1° del Decreto 1382 de 2000, se dispone:

1. Admitir la demanda interpuesta, en nombre propio, por el señor Harold Eduardo Sua Montaña contra el Consejo de Estado –Sección Quinta-.

2. Notificar el presente auto al demandante, a l demandado, al presidente de la Cámara de Representantes y a los señores Óscar Hernán Sánchez León, David

Sua Montaña contra el Consejo de Estado –Sección Quinta-.

2. Notificar el presente auto al demandante, a l demandado, al presidente de la Cámara de Representantes y a los señores Óscar Hernán Sánchez León, David Alejandro Toro Ramírez, Óscar Darío Pérez Pineda, Javier Alexander Sánchez Reyes, Juana Carolina Londoño y Carlos Edward Osorio Aguilar, como terceros interesados en el resultado del proceso a quienes se les remitirá copia de la demanda. Así mismo, Publicar en la página web del Consejo de Estado esta providencia para el conocimiento de todos los terceros interesados .

3. Notificar a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 610 del Código General del Proceso. L a notificación se deberá hacer por vía electrónica y por buzón , de manera que no se enviará documento alguno en papel. Informar que el expediente queda a su disposición por si desea revisarlo.

4. Informar al demandado y a los terceros con interés que en el término de dos (2) días y por el medio más expedito pueden rendir informe sobre los hechos objeto de la presente acción . Los escritos se pueden presentar al correo

secgeneral@consejodeestado.gov.co

5. Oficiar a la Secretaría de la S ección Quinta del Consejo de Estado, para que en el término de 48 horas contadas a partir de la notificación del presente auto, allegue copia a través de medio magnético, del proceso de nulidad electoral con radicado 11001-03-28-000-2022-00216-00, demandante: Harold Eduardo Sua Montaña. Al correo secgeneral@consejode estado.gov.co

6. Suspender los términos de la presente acción de tutela hasta que se allegue

con radicado 11001-03-28-000-2022-00216-00, demandante: Harold Eduardo Sua Montaña. Al correo secgeneral@consejode estado.gov.co

6. Suspender los términos de la presente acción de tutela hasta que se allegue copia del expediente solicitado.Radicado: 11001-03-15-000-2022-06435-00

Demandante: Harold Eduardo Sua Montaña

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador

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Notifíquese y cúmplase,

(Firmado electrónicamente)

MILTON CHAVES GARCÍA

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