CE - 110010315000202206505001AUTOQUEADMITESEADMITE20221216104637
Consejo de Estado
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CE - 110010315000202206505001AUTOQUEADMITESEADMITE20221216104637
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA
SUBSECCIÓN B
Bogotá, D.C., quince (15) de diciembre de dos mil veintidós (2022).
Radicado número: 11001-03-15-000-2022-06505-00
Actora: Sandra Aydee Correa Ahumada Accionados: Tribunal Administrativo de CundinamarcaSección Segunda -Subsección A y el
Consejo de Estado - Sección SegundaSubsección A.
Acción de Tutela
Por reunir los requisitos contenidos en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, se admite la demanda que, en ejercicio de la acción de tutela, presenta la señora Sandra Aydee Correa Ahumada, mediante apoderado judicial, contra el Tribunal Administrativo de CundinamarcaSección Segunda -Subsección A y el Consejo de Estado -Sección Segunda -Subsección A.
Póngase en conocimiento de la s autoridades accionadas la admisión de la presente demanda de tutela haciéndole llegar copia de esta, con el fin que rindan el informe señalado en el artículo 19 del Decreto 2591 de 1991, para lo cual se le otorga un término de dos (2) días contados a partir del recibo de la comunicación.
Vincúlese, por tener interés en las resultas del proceso, a la NaciónMinisterio de Defensa Nacional - Policía Nacional , haciéndole llegar copia del escrito de tutela, para que hagan las manifestaciones que consideren pertinentes, para lo cual se les otorga un término de dos (2) días contados a partir del recibo de la
de Defensa Nacional - Policía Nacional , haciéndole llegar copia del escrito de tutela, para que hagan las manifestaciones que consideren pertinentes, para lo cual se les otorga un término de dos (2) días contados a partir del recibo de la comunicación.Radicado Nº. 11001-03-15-000-2022-06505-00
Actor: Sandra Aydee Correa Ahumada
2
Por Secretaría General , ofíciese al Tribunal Administrativo de CundinamarcaSección Segunda -Subsección A y al Consejo de Estado - Sección SegundaSubsección A, para que, en el término de dos (2) días contados a partir del recibo de la notificación, alleguen en medio magnético, el expediente correspondiente al proceso de nulidad y restablecimiento del derecho con radicado número: 25000-23-42-000-2020-00293-00/01, demandante: Sandra Aydee Correa Ahumada.
Con el valor que les asigne la ley, téngase como prueba los documentos aportados con el escrito de tutela, los cuales serán apreciados en la oportunidad correspondiente.
Se reconoce personería al abogado Segundo I renarco Ruge Peña , como apoderado de la parte actora, en los términos y para los efectos señalados en el poder allegado con la demanda de tutela.