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CE - 110010315000202206640011ACLARACIONDEV20230620155101

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 110010315000202206640011ACLARACIONDEV20230620155101
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN B

Magistrado ponente: Fredy Ibarra Martínez

Bogotá D. C., ocho (8) de mayo de dos mil veintitrés (2023)

Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2022-06640-01

Accionante: Harold Eduardo Sua Montaña

Accionados: Sección Quinta del Consejo de Estado

Tema: Tutela contra providencia judicial / Se cumple el requisito de la relevancia constitucional; se debió confirmar el fallo de primera instancia que negó el amparo.

Aclaración de voto del magistrado Martín Bermúdez Muñoz

No comparto la decisión de revocar la decisión de primera instancia y declarar la improcedencia de la acción de tutela por falta de relevancia constitucional por considerar que el accionante pretendió someter su pleito a una instancia adicional.

1.- En mi concepto, el hecho de que se hubiesen planteado argumentos que fueron discutidos en el proceso ordinario no configura la falta de relevancia constitucional, pues puede ocurrir que en el debate resuelto por el juez ordinario se hubiese incurrido en alguna de las causale s específicas de procedencia de la acción de tutela contra providencia judicial.

2.- Considero que no se configuraron los defectos alegados, y por ello el amparo debió negarse. La Sección Quinta estudió las pruebas y concluyó que no se alteró el orden del día y que la elección de la mesa directiva del senado y de sus respectivas comisiones fue legal.

Fecha ut supra.

negarse. La Sección Quinta estudió las pruebas y concluyó que no se alteró el orden del día y que la elección de la mesa directiva del senado y de sus respectivas comisiones fue legal.

Fecha ut supra.

Con firma electrónica

MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ

Magistrado

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