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CE - 110010324000202200431001AUTOQUEDECLARRESUELVE20221202153440

Consejo de Estado

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Título
CE - 110010324000202200431001AUTOQUEDECLARRESUELVE20221202153440
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
—

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION PRIMERA

Bogotá, D.C., dos (2) de diciembre de dos mil veintidós (2022) Referenda: MEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO Número único de radicación: 11001-03-24-000-2022-00431-00

Actor: HENRY GILBERTO SANCHEZ MILLAN Asunto: Remite por competencia.

AUTO INTERLOCUTORIO Habida cuenta que el asunto objeto de controversia en el presente medio de control de nulidad versa sobre asuntos de carácter laboral - pensional!, envíese por competencia a la Sección Segunda del Consejo de Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13? del Acuerdo núm. 80 de 12 de marzo de 2019, de la Sala Plena de esta Corporación.

ANÓTESE LA SALIDA, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,

(Firmado electrónicamente) NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN Consejera 1 En el presente caso se demanda la Resolución núm. 0042 de 15 de enero de 2021, “Por medio de la cual se da cumplimiento a la sentencia del día dos (2) de 2020, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Primera Subsección A, en la acción de cumplimiento expediente No. 25000234100020200016900 y se conforme la Junta Especial de Calificación de

Invalidez de Aviadores Civiles”, expedida por el Ministerio del Trabajo. 2 “ARTÍCULO 13. DISTRIBUCIÓN DE LOS PROCESOS ENTRE LAS SECCIONES. Para efectos de repartimiento, los asuntos de que conoce la Sala de lo Contencioso Administrativo se distribuirán entre sus secciones atendiendo un criterio de especialización y de volumen de trabajo, así: [...] Sección Segunda: 2. Los procesos de nulidad y restablecimiento del derecho de carácter laboral no provenientes de un contrato de trabajo. [..]

4. Los procesos contra los actos de naturaleza laboral expedidos por el Miniterio de Trabajo y Seguridad Social [...]”.

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