🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CE - 110010326000201700055001ACLARACIONDEV20220809120201

Consejo de Estado

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CE - 110010326000201700055001ACLARACIONDEV20220809120201
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
—

REPÚBLICA DE COLOMBIA

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN B

Bogota DC, diez (10) de junio de dos mil veintidós (2022).

Magistrado ponente: ALBERTO MONTAÑA PLATA Expediente: 11001-03-26-000-2017-00055-01 (59.156)

Demandante: NACIÓN - MINISTERIO DE AGRICULTURA Y

DESARROLLO RURAL Demandado: FERNANDO ALBERTO CEPEDA SARABIA Medio de control: REPETICIÓN - CPACA

ACLARACIÓN DE VOTO

Si bien comparto la decisión aprobada el 10 de junio de 2022 que negó las pretensiones de la demanda , considero que no debió estudiarse en dicho fallo , de manera concomitante, la conducta dolosa y gravemente culposa del agente estatal por constituir una violación del debido proceso y del derecho de defensa del demandado , por cuanto no es posible esgrimir , de modo principal, y simultáneo, una doble imputación y la configuración de dos distintas presunciones de manera paralela en la medida que se trata de comportamientos diferentes que se excluyen entre sí, por consiguiente, si se alegan las dos presunciones solo es posible invocarlas con carácter subsidiario pues, de lo contrario, se vulneran los derechos del demandado quien debe conocer de antemano la presunción que se le imputa por cuanto no está llamado a corregir ni complementa r la acción de repetición presentada en su contra.

FREDY IBARRA MARTÍNEZ

Magistrado (firmado electrónicamente)

que se le imputa por cuanto no está llamado a corregir ni complementa r la acción de repetición presentada en su contra.

FREDY IBARRA MARTÍNEZ

Magistrado (firmado electrónicamente)

Constancia. La presente aclaración de voto fue firmada electrónicamente por el magistrado en la plataforma SAMAI, en consecuencia, se garant iza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con el artículo 186 de CPACA.

Consultar sobre este documento ...