CE - 13_110010315000202205942001AUTOQUEINADMIAUTOINADM20221123050839
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 13_110010315000202205942001AUTOQUEINADMIAUTOINADM20221123050839
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA, SUBSECCIÓN B
CONSEJERO PONENTE: WILLIAM HERNÁNDEZ GÓMEZ (E)
. OA 03-2022 Bogotá D.C., once (11) de noviembre de dos mil veintidós (2022).
Referencia: Radicación:
Actor: Accionado: Acción de Tutela. 11001-03-15-000-2022-05942-00
Yosvel Yosith Gómez Ávila. Presidencia de la República y otros. AUTO INADMITE ACCIÓN Antes de resolver sobre la admisibilidad de la presente acción de tutela, se ordena a la parte accionante que, en el término de tres (3) días, so pena de rechazo, corrija su petición de tutela en los siguientes aspectos:
1.Identificar de manera puntual la acción u omisión endilgada a la Presidencia de la República y a l a Procuraduría General de la Nación , y lo pretendido para lograr su protección .
2. Manifestar bajo la gravedad de juramento que no ha presentado otra acción de tutela respecto de los mismos hechos y derechos, de conformidad con el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991.
NOTIFÍQUESE este auto a la parte demandante por el medio más expedito y regístrese en el programa “SAMAI”.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
WILLIAM HERNÁNDEZ GÓMEZ (E) Firma electrónica