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CE - 13_470012331000200501498011ACLARACIONDEV20221110171544

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 13_470012331000200501498011ACLARACIONDEV20221110171544
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

Radicado: 47001-23-31-000-2005-01498-01 (63014)

Demandantes: Joaquín Pablo Herrera Rosillo y otros

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CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN B

Magistrado ponente: FREDY IBARRA MARTÍNEZ

Bogotá D.C., veintinueve (29) de julio de dos mil veintidós (2022) Referencia: Reparación directa Radicación: 47001-23-31-000-2005-01498-01 (63014) Demandantes: Joaquín Pablo Herrera Rosillo y otros Demandadas: Fiscalía General de la Nación y otros Tema: Privación de la libertad. Atipicidad objetiva de la conducta. Aclaración de voto del magistrado Martín Bermúdez Muñoz Comparto la decisión de condenar a la Policía Nacional y a la Fiscalía General de la Nación a reparar el daño causado por la privación de la libertad del demandante Joaquín Pablo Herrera Rosillo . Sin embargo, de acuerdo co n la sentencia SU-072 de 2018, considero que no era necesario estudiar la legalidad de la medida de aseguramiento dictada contra las víctimas directas, toda vez que estas fueron absueltas por atipicidad objetiva de la conducta. Fecha ut supra, Con firma electrónica

MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ

Magistrado

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