CE - 14_110010315000202204116001AUTOQUEADMITEAUTOQUEA20220801141032
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 14_110010315000202204116001AUTOQUEADMITEAUTOQUEA20220801141032
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
Radicado: 11001-03-15-000-2022-04116-00
Demandante: María Alejandra Fernández Socorro
Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN CUARTA CONSEJERA PONENTE: MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Bogotá, primero (1) de agosto de dos mil veintidós (2022) Referencia Acción de tutela Radicado 11001-03-15-000-2022-04116-00
Demandante MARÍA ALEJANDRA FERNÁNDEZ SOCORRO
Demandado PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y OTROS ASUNTO ADICIÓN AL AUTO ADMISORIO Con auto del 29 de julio de 2022 , este despacho admitió la acción de tutela presentada por la señora María Alejandra Fernández Socorro, no obstante, se considera necesario adicionar el mencionado auto para realizar la vinculación a varios demandados y requerir cierta información. En este sentido, aunque originalmente la tutela se admitió contra la Presidencia de la República y la Alcaldía Mayor de Bogotá , es necesario tener también como accionados a la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá y a la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos UAESP, razón por la que serán vinculados a este trámite. Así mismo, se le solicitará a los demandados información sobre l as medidas, programas, protocolos para el traslado de personas fallecidas y los subsidios funerarios disponibles , e specialmente, aquellos que se destinen a miembros de
trámite. Así mismo, se le solicitará a los demandados información sobre l as medidas, programas, protocolos para el traslado de personas fallecidas y los subsidios funerarios disponibles , e specialmente, aquellos que se destinen a miembros de comunidades indígenas. Al igual, se requerirá a la señora María Alejandra Fernández Socorro para que aporte la siguiente información : (i) señale ante que autoridades está adelantando trámites administrativos sobre el traslado del cuerpo , y que trámites está adelantado; (ii) narre que ha sucedido con el cuerpo desde la fecha del fallecimiento; e (iii) indique que información adicional ha surgido con posterioridad a la radicación de esta acción constitucional. Por lo expuesto, se resuelve adicionar el auto admisorio así:
1. Tener como demandados a la Presidencia de la República, a la Alcaldía Mayor de Bogotá, a la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá y a la Unidad
Administrativa Especial de Servicios Públicos UAESP.
2. En calidad de parte demandada, notificar a la Presidencia de la República, a la Alcaldía Mayor de Bogotá, a la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá y a la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos UAESP , entregándoles copia de la demanda , de los anexos y del auto del 29 de julio de 2022.
3. Requerir a la señora María Alejandra Fernández Socorro, para que, en el término de un (1) día, aporte la siguiente información: (i) señale ante que autoridades está adelantando trámites administrativos sobre el traslado del
3. Requerir a la señora María Alejandra Fernández Socorro, para que, en el término de un (1) día, aporte la siguiente información: (i) señale ante que autoridades está adelantando trámites administrativos sobre el traslado del cuerpo, y que trámites está adelantado; (ii) narre que ha sucedido con elRadicado: 11001-03-15-000-2022-04116-00
Demandante: María Alejandra Fernández Socorro
Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 2 cuerpo desde la fecha del fallecimiento; e (iii) indique que información adicional ha surgido con posterioridad a la radicación de esta acción constitucional.
4. Requerir a los demandados, para que, en el término de un (1) día, informen sobre las medidas, programas, protocolos para el traslado de personas fallecidas y los subsidios funerarios disponibles, especialmente, aquellos que se destinen a miembros de comunidades indígenas.
5. Notificar el presente auto a las partes. Para tal efecto, remítaseles copia de la acción, de los anexos, del auto del 29 de julio de 2022 y de esta providencia, para que, en el término de un (1) día y por el medio más expedito, ejerzan su derecho de defensa siempre que lo consideren pertinente y necesario.
Una vez cumplido lo anterior, el expediente deberá pasar inmediatamente al despacho para emitir decisión de fondo. Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente)