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CE - 16_760012331000201210349011SALVAMENTODEV20220818175657_TCListadoTitulados133131666196357234-2022
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2022

Radicado: 76001-23-31-000-2012-010349-01 (51671)

Demandantes: Edilberto Cuarán y otros

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN B

Magistrado ponente: ALBERTO MONTAÑA PLATA

Bogotá D.C., veintinueve (29) de abril de dos mil veintidós (2022) Referencia: Reparación directa Radicación: 76001-23-31-000-2012-010349-01 (51671)

Demandantes: Edilberto Cuarán y otros Demandados: Policía Nacional y otros Tema: Privación de la libertad. Cuantificación de los perjuicios morales.

Salvamento parcial de voto del magistrado Martín Bermúdez Muñoz Comparto la decisión de condenar a la Policía Nacional a reparar el daño causado por la privación de la libertad de los demandantes Edilberto Cuarán y Diana Pacue Mestizo debido a que se acreditó la ilegalidad de su captura. Sin embargo, no estoy de acuerdo con la cuantificación de los perjuicios morales realizada en la sentencia. Si bien las víctimas directas estuvieron detenidas durante catorce días, lo cierto es que solo un día de ese lapso correspondió a la Policía Nacional, porque luego de su captura fueron dejadas a disposición de la Fiscalía. En consecuencia, para cuantificar los perjuicios morales, la Sala solamente debió tener en cuenta el tiempo que las víctimas directas estuvieron detenidas por cuenta de la entidad demandada y no la totalidad del período de la detención. Fecha ut supra, Con firma electrónica

MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ

Magistrado 1

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