CE - 178850012333000201500064021AUTOQUERESUEL20220425143834
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 178850012333000201500064021AUTOQUERESUEL20220425143834
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN A
Consejera ponente: MARÍA ADRIANA MARÍN
Bogotá, D.C., veinticinco (25) de abril de dos mil veintidós (2022)
Radicación número: 85001-23-33-000-2015-00064-02 (67255)
Actor: DEPARTAMENTO DE CASANARE
Demandado: HABITARTE DE COLOMBIA S.A. Y OTRO
Referencia: MEDIO DE CONTROL DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES
Mediante auto del 10 de noviembre de 2021, este despacho reconoció personería jurídica al abogado Juan Carlos Olivares Nieto como apoderado del departamento de Santander; sin embargo, el referido abogado presentó solicitud de corrección, toda vez que él funge como apoderado del departamento del Casanare.
Así las cosas, en atención a lo señalado en el artículo 2861 del Código General del Proceso, procede el despacho a corregir el nombre del poderdante, descrito en el auto del 10 de noviembre del 2021, en el sentido de que el abogado Olivares Nieto es el apoderado del departamento de Casanare, en el proceso de la referencia.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
Firmado electrónicamente
MARÍA ADRIANA MARÍN
Magistrada
PABB/EPRM / exp. electrónico
1 “Articulo 286 Corrección de errores aritméticos y otros. Toda providencia en que se haya incurrido en error puramente aritmético puede ser corregida por el juez que la dictó en cualquier tiempo, de
PABB/EPRM / exp. electrónico
1 “Articulo 286 Corrección de errores aritméticos y otros. Toda providencia en que se haya incurrido en error puramente aritmético puede ser corregida por el juez que la dictó en cualquier tiempo, de oficio o a solicitud de parte, mediante auto. Si la corrección se hiciere luego de terminado el proceso, el auto se notificará por aviso. Lo dispuesto en los incisos anteriores se aplica a los casos de error por omisión o cambio de palabras o alteración de estas, siempre que estén contenidas en la parte resolutiva o influyan en ella”.