CE-18001-23-31-000-1998-00147-01(24622)-2012
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE-18001-23-31-000-1998-00147-01(24622)-2012
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2012
ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA - Accede, decreta. Pruebas de oficio: Oficia a Registraduría Civil y a Juzgado Promiscuo por asunto penal En ejercicio de las facultades conferidas (…) la Sala dispone (…) Se oficie al Juzgado Único Promiscuo del Circuito de Belén de los Andaquíes, Caquetá, para que remita constancia de ejecutoria de la sentencia proferida por ese despacho el 5 de marzo de 1998, mediante la cual se absolvió al señor (…) de los punibles de hurto calificado y porte ilegal de armas, (…). Se oficie a la la Registraduría Municipal del Estado Civil del municipio de El Pital, Huila, para que envíe con destino a este proceso copia auténtica del registro civil de nacimiento de (…) que, conforme a lo afirmado en la demanda, fue inscrito en el indicativo serial 9892161 de esa oficina el 3 de enero de 1986.
FUENTE FORMAL: CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOARTICULO
169
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN B
Consejero ponente (E): DANILO ROJAS BETANCOURTH Bogotá D.C., veintinueve (29) de octubre de dos mil doce (2012).
Radicación número: 18001-23-31-000-1998-00147-01(24622)
Actor: FLORENTINA SÁNCHEZ MUÑOZ Y OTROS
Demandado: NACIÓN - RAMA JUDICIAL
Referencia: ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA
En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 169 del C.C.A., modificado por el artículo 37 del Decreto 2304 de 1989, la Sala dispone que, por secretaría: (i) Se oficie al Juzgado Único Promiscuo del Circuito de Belén de los Andaquíes, Caquetá, para que remita constancia de ejecutoria de la sentencia proferida por ese despacho el 5 de marzo de 1998, mediante la cual se absolvió al señor José Rubiel Sánchez Sánchez de los punibles de hurto calificado y porte ilegal de armas, proceso radicado en ese Despacho con el número 863 del folio 267 del tomo 8 del L.R. de negocios penales. (ii) Se oficie a la la Registraduría Municipal del Estado Civil del municipio de El Pital, Huila, para que envíe con destino a este proceso copia auténtica del registro civil de nacimiento de José Rubiel Sánchez Sánchez que, conforme a lo afirmado en la demanda, fue inscrito en el indicativo serial 9892161 de esa oficina el 3 de enero de 1986. Los gastos que impliquen la práctica de estas pruebas correrán a cargo de ambas partes, por igual, sin perjuicio de lo que se resuelva sobre costas, conforme a lo dispuesto en el artículo 179 del Código de Procedimiento Civil.
COPIÉSE, NOTIFÍQUESE, CÚMPLASE Y DEVUÉLVASE
DANILO ROJAS BETANCOURTH STELLACONTO DIAZ DEL
CASTILLO Presidente de la Sala