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CE - 190012333000201600359011ACLARACIONDEVACLARAVOT20220822194718

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 190012333000201600359011ACLARACIONDEVACLARAVOT20220822194718
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

Radicado: 19001-23-33-000-2016-00359-01 (24340)

Demandante: Ingenio la Cabaña S.A.

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA ACLARACION DE VOTO Referencia Nulidad y restablecimiento del derecho Radicación 19001-23-33-000-2016-00359-01 (24340) Demandante INGENIO LA CABAÑA S.A. Demandado DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES DIAN Mediante sentencia del 16 de junio de 2022, Exp. 25085 1, la Sala declaró la nulidad parcial de los actos de determinación del impuesto de renta 2010, fijando a título de restablecimiento del derecho un menor valor por concepto de l impuesto sobre la renta, y en forma concomitante un menor valor por sanción de inexactitud, decisión que incide directamente en la determinación de la base de la sanción por devolución improcedente, objeto del proceso en referencia. Aclaro el voto, para precisar que me aparté de la providencia donde se anularon parcialmente los actos de determinación del impuesto, según lo dejé consignado en el salvamento de voto que presenté ; sin embargo, acompaño esta decisión, no solo por ser consecuencia directa de la providencia anterior que fue acogida por la mayoría de la Sala , sino además porqué en ella se ajustó la sanción al 20% de la suma devuelta de manera improcedente , así como la base de la

no solo por ser consecuencia directa de la providencia anterior que fue acogida por la mayoría de la Sala , sino además porqué en ella se ajustó la sanción al 20% de la suma devuelta de manera improcedente , así como la base de la sanción, para restar la sanción por inexactitud , en aplicación del principio de favorabilidad y las reglas aplicables a la liquidación de sanciones. Atentamente, (Firmado electrónicamente)

MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO

1 Exp. 25085, C.P. Stella Jeannette Carvajal Basto.

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