CE - 192_250002324000200700354011ACLARACIONDEV20220906155406_TCListadoTitulados133113773768226605-2022
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 192_250002324000200700354011ACLARACIONDEV20220906155406_TCListadoTitulados133113773768226605-2022
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2022
ACLARACIÓN DE VOTO REF: Expediente núm. 25000 23 24 000 2007 00354 01
NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO
Actora: FLOTA SAN VICENTE S.A.
Con el debido respeto por la opinión mayoritaria de la Sala, manifiesto que aunque compartí la decisión adoptada en el auto de 19 de agosto de 2022, aclaré mi voto en relación con lo resuelto en el numeral 1°, que DENEGÓ la solicitud de adición de la sentencia de 28 de abril de 2022. Esta posición obedece a que si bien es cierto que compartí los razonamientos que llevaron a la Sala a concluir que la solicitud de adición de la sentencia debía negarse porque “en la sentencia del 28 de abril de 2022, no se dejó de resolver un punto que, por mandato legal, debía ser objeto de pronunciamiento”, también lo es que mi posición frente al fallo, fue la de salvar el voto porque consideré que la demandante no estaba legitimada para promover la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, lo que, en mi entender, conducía a la denegatoria de las pretensiones y, en consecuencia, excluía el examen de la pretensión de restablecimiento, que, precisamente, fue el objeto de la solicitud de adición de la sentencia. 2
REF: Expediente núm. 25000 23 24 000 2007 00354 01
NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO
Actora: FLOTA SAN VICENTE S.A.
ACLARACIÓN DE VOTO Este razonamiento es oportuno, pues insisto en mi posición frente al fallo, aunque comparta la decisión que encontró que la solicitud de adición no procedía, tal y como se decidió. Fecha ut supra,
NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN
Consejera