CE - 200012333000201800087021AUTOQUEADMITE20220907153553
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 200012333000201800087021AUTOQUEADMITE20220907153553
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
CONSEJERO PONENTE: HERNANDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ
Bogotá, D.C., dos (2) de septiembre de dos mil veintidós (2022)
Referencia: Medio de control de protección de los derechos e intereses colectivos Núm. único de radicación: 200012333000201800087-02
Actor: Fredy José Martínez Jiménez en su condición de Personero Municipal de Gamarra, Departamento de Cesar Demandados: Nación - Ministerio de Vivienda, Ciudad y TerritorioViceministerio de Agua y Saneamiento Básico; Corporación Autónoma Regional del Cesar – CORPOCESAR; Departam ento del Cesar; Aguas del Cesar S.A. E.S.P.; Municipio de Gamarra y Empresas de Servicios P úblicas
de Gamarra S.A. E.S.P., -EMPUGAM S.A. E.S.P.
Asunto: Resuelve sobre la admisión de unos recursos de apelación
AUTO INTERLOCUTORIO
Este Despacho procede a resolver sobre la admisión de los recursos de apelación interpuestos contra la sentencia de 27 de enero de 2022 proferida por el Tribunal Administrativo del Cesar.
Consideraciones:
1. Vistos los artículos: i) 37 de la Ley 472 de 5 de agosto de 19981, sobre recurso de apelación; y ii) 322 de la Ley 1564 de 12 de julio de 2012 2, en
Consideraciones:
1. Vistos los artículos: i) 37 de la Ley 472 de 5 de agosto de 19981, sobre recurso de apelación; y ii) 322 de la Ley 1564 de 12 de julio de 2012 2, en especial, el inciso segundo del numeral 1.°, sobre oportunidad y requisitos.
2. Atendiendo a que los recursos de apelación interpuesto s por el Departamento de l Cesar, el Municipio de Gamarra y Aguas del Cesar S.A.
1 “Por la cual se desarro lla el artículo 88 de la Constitución Política de Colombia en relación con el ejercicio de las acciones populares y de grupo y se dictan otras disposiciones”. 2 “Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones”.2
Núm. únicos de radicación: 200012333000201800087-02
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E.S.P., contra la sentencia de 27 de enero de 2022 cumplen con los requisitos previstos en la ley, este Despacho procederá a su admisión.
En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en Sala Unitaria,
RESUELVE:
PRIMERO: ADMITIR los recursos de apelación interpuestos por el Departamento del Cesar, el Municipio de Gamarra y Aguas del Cesar S.A.
E.S.P., contra la sentencia de 27 de enero de 2022 proferida por el Tribunal Administrativo del Cesar.
SEGUNDO: NOTIFICAR a las partes e intervinientes, por estado, y al
E.S.P., contra la sentencia de 27 de enero de 2022 proferida por el Tribunal Administrativo del Cesar.
SEGUNDO: NOTIFICAR a las partes e intervinientes, por estado, y al
Ministerio Público, personalmente.
TERCERO: Cumplido lo anterior, se ordena a la Secretaría General REMITIR el expediente al Despacho para proveer lo que en derecho corresponda.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
HERNANDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ
Consejero de Estado