CE-25000-23-15-000-2006-00419-02(45657)-2014
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE-25000-23-15-000-2006-00419-02(45657)-2014
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2014
PRELACION DEL FALLO - Incumplimiento de requisitos legales exigidos para su procedencia / PRELACION DE FALLO - Improcedencia Revisada la solicitud de prelación de fallo presentada por el apoderado de la parte demandante, que obra a folio 724 del cuaderno principal, la Sala encuentra que el presente asunto no cumple con los requisitos exigidos por los artículos 18 de la ley 446 de 1998 y 16 de la ley 1285 de 2009
FUENTE FORMAL: LEY 446 DE 1998 - ARTICULO 18 / LEY 1285 DE 2009ARTICULO 16
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION TERCERA
SUBSECCION C
Consejero ponente: ENRIQUE GIL BOTERO
Bogotá D.C., veintiséis (26) de febrero de dos mil catorce (2014) Radicación número: 25000-23-15-000-2006-00419-02(45657)
Actor: JOSE FIDOLO LOPEZ Y OTROS
Demandado: NACION-RAMA JUDICIAL-FISCALIA GENERAL DE LA NACION-;
ETB Referencia: ACCION DE REPARACION DIRECTA Revisada la solicitud de prelación de fallo presentada por el demandante, que obra a folio 888 del cuaderno principal, la Sala encuentra que el presente asunto no cumple con los requisitos exigidos por los artículos 18 de la ley 446 de 1998 y 16 de la ley 1285 de 2009.
En mérito de lo expuesto, se RESUELVE Niégase la solicitud de prelación formulada, en el proceso de la referencia. Notifíquese y Cúmplase