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CE - 250002326000201000180011ACLARACIONDEV20221010174125

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 250002326000201000180011ACLARACIONDEV20221010174125
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año

REPÚBLICA DE COLOMBIA

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN B

Bogotá DC, dieciséis (16) de agosto de dos mil veintidós (2022)

Magistrado Ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Expediente: 25000-23-26-000-2010-00180-01 (53.216)

Demandante: ANDRÉS ENRIQUE DÁVILA GARZÓN Y OTROS

Demandado: HOSPITAL SIMÓN BOLÍVAR ESE Medio de control

ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA

ACLARACIÓN DE VOTO

Comparto la decisió n de la r eferencia que declaró la responsabilidad del Hospital Simón Bolívar ESE por los daños y perjuicios ocasionados con la muerte d e la señora Gloria Amparo Garzón; sin embargo, aclaro el voto porque considero que no se debió declarar la responsabilidad solidar ia de la sociedad Búho Ltda. (compañía de vigilancia ), pues , el hospital la llamó en garantía en virtud de la relación contractual, de allí que la condena a Búho Ltda. debió ser la de reembolsar lo pagado por el centro médico, por ser una llamada en garantía, sin que exista en este evento un supuesto de solidaridad , de conformidad con lo previsto por el artículo 57 del CPC -norma aplicable a la controversia-1.

FREDY IBARRA MARTÍNEZ

Magistrado (Firmado electrónicamente)

Constancia. La presente aclaración de voto fue firmada electrónicamente por el magistrado en

FREDY IBARRA MARTÍNEZ

Magistrado (Firmado electrónicamente)

Constancia. La presente aclaración de voto fue firmada electrónicamente por el magistrado en la plataforma SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con el artículo 186 de CPACA.

1 “Quien tenga derecho legal o contractual de exigir a un tercero la indemnización del perjuicio que llegare a sufrir, o el reembolso total o parcial del pago que tuviere que hacer como resultado de la sentencia, podrá pedir la citación de aquél, para que en el mismo proceso se resuelva sobre tal relación” (se destaca).

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