🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CE - 25_250002326000201000493011aclaraciondev20220301102705_TCListadoTitulados133117061555172891-2022

Consejo de Estado

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CE - 25_250002326000201000493011aclaraciondev20220301102705_TCListadoTitulados133117061555172891-2022
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2022

Radicado: 25000-23-26-000-2010-00493-01 (56775) y otros

Demandante: Jaime Cuesta Garcés y otros

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN B

Magistrado ponente: ALBERTO MONTAÑA PLATA

Bogotá D.C., veintiséis (26) de enero de dos mil veintidós (2022) Referencia: Reparación directa Radicación: 25000-23-26-000-2010-00493-01 (56775) y otros

Demandante: Jaime Cuesta Garcés y otros Demandado: Fiscalía General de la Nación y Rama Judicial Tema: Error judicial causado por providencias que ordenaron la vinculación a un proceso penal y medidas no privativas de la libertad contra las víctimas directas.

Aclaración de voto del magistrado Martín Bermúdez Muñoz Si bien comparto la decisión de negar las pretensiones de la demanda, considero que esta se debió adoptar solamente por las siguientes razones: (i) los demandantes no agotaron los recursos ordinarios contra las providencias acusadas de incurrir en error judicial, en particular aquellas que ordenaron la vinculación de las víctimas directas al proceso penal y las que decretaron las medidas no privativas de la libertad en su contra; (ii) en todo caso, los demandantes tampoco demostraron que las medidas no privativas de la libertad decretadas en el proceso penal, consistentes en la prohibición de salir del país y el embargo de bienes de su propiedad, les generaron un daño antijurídico a las víctimas directas. Fecha ut supra, Con firma electrónica

MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ

Magistrado 1

Consultar sobre este documento ...