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CE - 44_110010326000201700055001ACLARACIONDEV20220809120201_TCListadoTitulados133131914554329354-2022

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CE - 44_110010326000201700055001ACLARACIONDEV20220809120201_TCListadoTitulados133131914554329354-2022
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2022

REPÚBLICA DE COLOMBIA

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN B

Bogota DC, diez (10) de junio de dos mil veintidós (2022).

Magistrado ponente: ALBERTO MONTAÑA PLATA Expediente: 11001-03-26-000-2017-00055-01 (59.156)

Demandante: NACIÓN - MINISTERIO DE AGRICULTURA Y

DESARROLLO RURAL Demandado: FERNANDO ALBERTO CEPEDA SARABIA Medio de control: REPETICIÓN - CPACA ACLARACIÓN DE VOTO Si bien comparto la decisión aprobada el 10 de junio de 2022 que negó las pretensiones de la demanda, considero que no debió estudiarse en dicho fallo, de manera concomitante, la conducta dolosa y gravemente culposa del agente estatal por constituir una violación del debido proceso y del derecho de defensa del demandado, por cuanto no es posible esgrimir, de modo principal, y simultáneo, una doble imputación y la configuración de dos distintas presunciones de manera paralela en la medida que se trata de comportamientos diferentes que se excluyen entre sí, por consiguiente, si se alegan las dos presunciones solo es posible invocarlas con carácter subsidiario pues, de lo contrario, se vulneran los derechos del demandado quien debe conocer de antemano la presunción que se le imputa por cuanto no está llamado a corregir ni complementar la acción de repetición presentada en su contra.

FREDY IBARRA MARTÍNEZ

Magistrado (firmado electrónicamente) Constancia. La presente aclaración de voto fue firmada electrónicamente por el magistrado en la

plataforma SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con el artículo 186 de CPACA.

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