CE - 47_110010324000202000459001AUTOQUERESUEL20220930203325-2022
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 47_110010324000202000459001AUTOQUERESUEL20220930203325-2022
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2022
Expediente nro.: 11001-03-24-000-2020-00459-00
Demandante: Luis Carlos Tenorio Herrera
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
Bogotá, D.C., treinta (30) de septiembre de dos mil veintidós (2022) Referencia: Medio de control de nulidad Radicación: 11001-03-24-000-2020-00459-00
Demandante: Luis Carlos Tenorio Herrera Demandado: Nación – Ministerio de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones AUTO QUE DA RESPUESTA A SOLICITUD DE IMPULSO PROCESAL El demandante mediante memorial de 22 de septiembre de 20221, presentó solicitud de impulso dentro del proceso de la referencia aduciendo que «la última actuación consistente en la remisión de copias del traslado de las excepciones presentadas por la parte demandada se efectuó el 27 de mayo del 2022». En ese sentido, se le informa a la parte que la demanda presentada en ejercicio del medio de control de nulidad identificada con radicación nro. 11001-03-24-000-2020-00459-00, fue inadmitida mediante auto de 15 de julio de 20212; el demandante mediante memorial de 28 de julio de 2020 presentó escrito de subsanación. Posteriormente, el Despacho mediante auto de 28 de febrero de 2022 al revisar el escrito de subsanación encontró que el demandante dio cumplimiento a los requerimientos hechos en auto de 15 de julio de 2021, por lo que ordenó su admisión y el correspondiente trámite de ley; el
proceso regresó al Despacho para continuar su trámite el 23 de mayo de 20223. En cumplimiento de lo dispuesto en la ley 270 de 1996, en concordancia con lo señalado en el artículo 18 de la Ley 446 de 1998, el Despacho estudia y tramita los procesos conforme a la fecha de entrada; respecto del presente proceso dado que ya fue admitida la demanda y se surtió el traslado para la contestación, se encuentra en estudio la procedencia o no de citar a audiencia inicial o iniciar el trámite para dictar sentencia anticipada, esto conforme a los artículos 180 y 182A del CPACA. 1 Índice nro. 37 del expediente electrónico. 2 Índice nro. 5 del expediente electrónico. 3 Índice nro. 33 del expediente electrónico.
Expediente nro.: 11001-03-24-000-2020-00459-00
Demandante: Luis Carlos Tenorio Herrera
NOTIFÍQUESE,
OSWALDO GIRALDO LÓPEZ Consejero de Estado CONSTANCIA: La presente providencia fue firmada electrónicamente en la sede electrónica para la gestión judicial SAMAI. En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con la ley. Calle 12 No. 7-65 – Tel: (60-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 2