CE-50001-23-31-000-2003-20097-01(33721)-2010
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE-50001-23-31-000-2003-20097-01(33721)-2010
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2010
ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA / IMPROCEDENCIA DE LA PRELACIÓN DE FALLO Revisada la solicitud de prelación de fallo presentada por la parte actora, la Sala encuentra que el presente proceso no cumple con los requisitos exigidos por el artículo 63 A de la ley 1285 de 2009 por lo que se, RESUELVE: NEGAR la solicitud de prelación de fallo formulada por la parte actora, el 29 de enero de 2010.
FUENTE FORMAL: LEY 1285 DE 2009 – ARTÍCULO 63A
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
Consejero ponente: MAURICIO FAJARDO GÓMEZ(E)
Bogotá, D.C., tres (3) de marzo de dos mil diez (2010) Radicación número: 50001-23-31-000-2003-20097-01(33721)
Actor: MARÍA EMILIA PALACIOS RODRÍGUEZ Y OTROS
Demandado: INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO Referencia: ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA Revisada la solicitud de prelación de fallo presentada por la parte actora, la Sala encuentra que el presente proceso no cumple con los requisitos exigidos por el artículo 63 A de la ley 1285 de 2009 por lo que se, RESUELVE: NEGAR la solicitud de prelación de fallo formulada por la parte actora, el 29 de enero de 2010.