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CE-52001-23-31-000-1996-08242-01(15834)-2002

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE-52001-23-31-000-1996-08242-01(15834)-2002
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2002

ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA / IMPEDIMENTO DEL CONSEJERO DE

ESTADO / CAUSALES DE IMPEDIMENTO / IMPEDIMENTO POR ENEMISTAD GRAVE O AMISTAD ÍNTIMA / ACEPTACIÓN DEL IMPEDIMENTO El doctor […], presenta impedimento para conocer del proceso de la referencia debido a que se encuentra incurso en la causal 9º del artículo 150 del C. de P.C. Por encontrarse procedente, se acepta el impedimento presentado.

FUENTE FORMAL: CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL - ARTÍCULO 150

NUMERAL 9

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

Consejero ponente: RICARDO HOYOS DUQUE

Bogotá, D. C., siete (7) de febrero de dos mil dos (2002) Radicación número: 52001-23-31-000-1996-08242-01(15834)

Actor: BLANCA CUMBAL Y OTROS

Demandado: MUNICIPIO DE CONSACA Referencia: ACCIÓNDE REPARACIÓN DIRECTA (AUTO) El doctor ALIER EDUARDO HERNÁNDEZ ENRIQUEZ, presenta impedimento para conocer del proceso de la referencia debido a que se encuentra incurso en la causal 9º del artículo 150 del C. de P.C. Por encontrarse procedente, se acepta el impedimento presentado.

Como el quorum deliberatorio y decisorio de ésta sección no se disminuye a menos de la pluralidad mínima prevista en el primer inciso del art. 54 de la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia (Ley 270 de 1.996) no hay lugar a sorteo de Conjuez. Ejecutoriado éste auto vuelva a este Despacho para continuar con su trámite.

NOTIFIQUESE Y CUMPLASE

RICARDO HOYOS DUQUE JESUS MARIA. CARRILLO B

Presidente Sección

MARIA ELENA GIRALDO GOMEZ GERMAN RODRÍGUEZ VILLAMIZAR

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