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CE-68001-23-31-000-1999-02544-01(18244)-2010

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE-68001-23-31-000-1999-02544-01(18244)-2010
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2010

ACTO ADMINISTRATIVO GENERAL MUNICIPAL / REGLAMENTACION DE UN IMPUESTO - Es de competencia de la Sección Cuarta del Consejo de Estado De conformidad con lo establecido en el numeral 1º, Sección Cuarta, del artículo 13 del Acuerdo 58 de 1999 (Reglamento del Consejo de Estado), modificado por el artículo 1º del Acuerdo 55 de 2003, teniendo en cuenta que el acto administrativo demandado fue proferido por una autoridad del orden municipal, y que tiene por objeto reglamentar un impuesto a los propietarios de contadores o medidores de luz, agua, gas natural, aparatos telefónicos

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION CUARTA

Consejero ponente: WILLIAM GIRALDO GIRALDO

Bogotá D.C., diez (10) de mayo de dos mil diez (2010) Radicación número: 68001-23-31-000-1999-02544-01(18244)

Actor: DILMAR ORTIZ JOYA

Demandado: MUNICIPIO DE FLORIDABLANCA - SANTANDER AUTO De conformidad con lo establecido en el numeral 1º, Sección Cuarta, del artículo 13 del Acuerdo 58 de 1999 (Reglamento del Consejo de Estado), modificado por el artículo 1º del Acuerdo 55 de 2003, teniendo en cuenta que el acto administrativo demandado fue proferido por una autoridad del orden municipal, y que tiene por objeto reglamentar un impuesto a los propietarios de contadores o medidores de luz, agua, gas natural, aparatos telefónicos, entre otros, avócase el conocimiento de la acción de la referencia.

Notifíquese y cúmplase.

WILLIAM GIRALDO GIRALDO

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