CE-73001-23-31-000-2009-00078-02(18028)-2010
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE-73001-23-31-000-2009-00078-02(18028)-2010
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2010
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN CUARTA
Consejero Ponente: WILLIAM GIRALDO GIRALDO
Bogotá D.C., veintinueve (29) de enero de dos mil diez (2010) Radicación número: 73001-23-31-000-2009-00078-02(18028)
Actor: ARROZ DIANA S.A.
AUTO Mediante escrito del 21 de octubre de 2009 (fl. 215), la parte demandada interpuso recurso de apelación contra la sentencia del 9 de octubre de 2009 del Tribunal Administrativo del Tolima. Mediante auto del 7 de diciembre de 2009 (fl. 222), se resolvió correr traslado a la parte recurrente por el término legal para que procediera a sustentar su recurso de apelación, providencia que fue notificada por estado el día 15 de enero de 2010. Vencido el término de traslado concedido a la parte recurrente (20 de enero de 2010, fl. 222 revés), sin que aquel sustentara su recurso dentro del mismo, el despacho advierte que de acuerdo con lo establecido en el artículo 212 del Código Contencioso Administrativo el recurso deberá ser declarado desierto. Por lo expuesto,
SE RESUELVE
1. DECLÁRASE desierto el recurso de apelación de contra la sentencia del 9 de octubre de 2009 del Tribunal Administrativo del Tolima, instaurado por la parte demandada.
2. En consecuencia, DECLÁRASE en firme y ejecutoriada la sentencia objeto de apelación.
Cópiese, notifíquese, devuélvase al Tribunal de origen y cúmplase.